martes, 23 de febrero de 2016
Con recurso de inconstitucionalidad buscan derogar Ley de Secretos Oficiales
Organizaciones defensoras de derechos humanos presentaron dos recursos de inconstitucionalidad contra la Ley de Secretos Oficiales por violentar el principio de transparencia que debe primar en un Estado de derecho.
En un país donde la sospecha, descrédito y desconfianza están a la orden del día, el Estado lejos de transparentar su administración crea cajas de seguridad para guardar sus secretos. El 14 de enero del 2014 el Congreso Nacional creó la Ley de Secretos Oficiales que entró en vigencia el 7 de marzo del 2014. La nueva norma puso en marcha cuatro categorías de información que han sido objeto de clasificación o secretividad: Reservado, confidencial, secreto y ultrasecreto.
Después de entrar en vigencia se aprobó la resolución 69-2014 que emitió el Consejo Nacional de Defensa y seguridad que implementó la secretividad en unas 20 instituciones del Estado que abarca actos, contratos y negociaciones que se generen desde el Estado.
La Ley generó oposición desde su aprobación y publicación en el Diario Oficial La Gaceta, y fue hasta el mes de febrero del 2016 donde varias organizaciones presentaron dos recursos de inconstitucionalidad en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Entre las organizaciones que interpusieron el recurso legal está el Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (Ciprodeh), El Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus familias (CPTRT), el Comité para la Libre Expresión (C-Libre) y el Observatorio Ecuménico de los Derechos Humanos.
“Hemos presentado dos recursos de inconstitucionalidad, uno contra la Ley de Secretos Oficiales y otro contra la resolución 69-2014 que emitió el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad.
Lo presentamos para que la Corte Suprema de Justicia a través de la Sala de lo Constitucional establezca que la Ley no reúne los estándares internacionales sobre publicidad y acceso a la información pública que se establecen desde los convenios internacionales y la misma constitución como un derecho humano”, manifestó Edy Tabora director de C-Libre.
Por su parte Wilfredo Méndez director de Ciprodeh considera que la Ley es un escudo de impunidad para los corruptos del país, porque con él la prensa no puede tener acceso a la información y tampoco la ciudadanía.
Los argumentos de los recursos plantean que la normativa violenta además de varios derechos fundamentales también a la independencia de poderes del Estado.
Entre algunas de las entidades que están protegidas por la secretividad están: Secretaría de Seguridad, Corte Suprema de Justicia, Policía Nacional, Ministerio Público, Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico, Fuerzas Armadas, Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia, Instituto Nacional de Migración, Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Dirección Ejecutiva de Ingresos, Instituto de la Propiedad, Instituto Hondureño de Seguridad Social, Empresa Nacional de Energía Eléctrica, Unidad de Inteligencia de la Comisión Nacional de Bancas y Seguros, Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Marina Mercante, Dirección General de Aeronáutica Civil, Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados, entre otras.
La norma violenta dos derechos fundamentales, el de libertad de expresión y acceso a la información pública, que desde ya están establecidos en los convenios internacionales y en la Constitución de la República.
Tabora expresa que: “el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad tiene varias funciones a nivel de la institucionalidad pública, ahí se define toda la política sobre seguridad e inteligencia, además tiene una facultad que le otorga la Ley de Secretos que es decretar los secretos oficiales en el país y asimismo decretar en caso de solicitarse si accede y publica los secretos sobre cualquier dependencia.
Esto quita el derecho de petición a la ciudadanía sobre la solicitud de información, porque en este momento solo el Fiscal puede hacer ese trámite.
Este Consejo ha roto el principio de separación de poderes, porque estos deben ser separados e independientes pero este Consejo los junta y da facultades de decretar secretos, por ejemplo la Tasa de Seguridad que se maneja bajo estricta clandestinidad y solo el Fiscal puede solicitar la desclasificación de los mismos. La gente no puede saber cómo se están manejando los fondos públicos.
Ante el planteamiento de los recursos se espera que la Sala de lo Constitucional resuelva, si ese no es el caso pasaría al pleno de la Corte Suprema de Justicia y si ésta no resuelve de forma positiva entonces se abre el camino de una demanda a través de la justicia internacional al Estado hondureño.
“En el contexto actual no tiene futuro el recurso, porque el sistema de justicia está a servicio de grupos nefastos en el país.
La idea es ir avanzando en la recuperación de información y luego pasar estos procesos a instancias internacionales pero igual la esperanza la mantenemos para que cambie esta situación.
Además buscamos crear incidencia en la población y que juntos tomemos responsabilidad y exijamos nuestro derecho a conocer como se manejan los fondos públicos”, puntualizó Wilfredo Méndez.
Leyes que crean víctimas
La Ley fue creada no solo para ocultar, sino también para reprimir a quienes se subleven ante la medida. Prueba de ello es el caso del ex trabajador de la empresa Alimentos Continental de la Lima, Cortés Elvin Molina.
Molina junto a otros 300 empleados y empleadas fueron despedidos tras la liquidación forzosa del grupo financiero Continental, sin recibir respuestas concretas de pago de sus prestaciones laborales.
Al pasar los días, los trabajadores lograron acordar con la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) un plan de pago de prestaciones, lo cual se incumplió porque varias empresas le debían a Alimentos Continental, fue ahí donde los empleados divulgaron información de cantidades que les debían y eso en el marco de la Ley de Secretos fue usado en su contra y en este momento Molina como representante de los trabajadores es acusado por el delito de Divulgación Pública que se penaliza de 6 a 8 años de reclusión.
Por el momento Elvin Molina enfrenta el juicio en su contra dejando en evidencia el peligro de la Ley no solo para privar del acceso a la información sino de castigar a quien no se atreva a respetar las condicionantes establecidas.
Edy Tabora asegura que esta es una violación clara al marco de libertad de expresión y de derecho al acceso de la información pública; derechos fundamentales y universales.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario