jueves, 31 de diciembre de 2015
CORTEIDH sentencia a Honduras por la violación de los derechos del pueblo Garífuna
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió un comunicado informando su resolución sobre Fondo, Reparaciones y Costas en el Caso Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz y sus miembros Vs. Honduras, en la cual encuentran al Estado de Honduras “internacionalmente responsable” por violación a varios derechos de la comunidad garífuna.
La violación del derecho a la propiedad colectiva, establecido en el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por el incumplimiento de delimitar y demarcar las aproximadamente 380 hectáreas de territorio que le habían sido conferidas a la Comunidad en calidad de título ejidal en el año 1950 y en dominio pleno en 1993 es el primero en resaltar. Este caso además pone en discusión la forma en que los proyectos turísticos o habitacionales se instalan en las comunidades sin consultar a las mismas violando el derecho internacional a la Consulta Previa, libre e informada.
“No se efectuó un proceso adecuado y efectivo que garantizara el derecho a la consulta de la Comunidad, a través de sus propias instituciones y órganos de representación, en las fases de planificación o ejecución de los proyectos turísticos “Marbella” y “Playa Escondida”, para la adopción del Decreto que estableció el área protegida Punta Izopo y la aprobación del Plan de Manejo, y en lo relativo a la parte que se sobrepone con las tierras de la Comunidad sobre las cuales el Estado había otorgado un título de propiedad en el año 1993”; reza el comunicado.
Esta comunidad, al igual que todas las que se encuentran en Bahía de Tela han sufrido por años el despojo de su territorio, arrinconados por proyectos turísticos y reservas ambientales privadas en las que también se encuentran miembros del crimen organizado, según denuncias que miembros de la comunidad dieron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El tribunal compuesto por Humberto Antonio Sierra Porto, Presidente; Roberto F. Caldas, Vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Diego García-Sayán, Juez; Alberto Pérez Pérez, Juez; Eduardo Vio Grossi, Juez, y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Juez; visitó en agosto de 2015 la comunidad en la que caminaron por todo el territorio para constatar que las denuncias eran reales.
El caso del Triunfo de la Cruz fue interpuesto contra del Estado de Honduras, en relación a violaciones al ejercicio del derecho de la propiedad comunitaria, causados por los proyectos turísticos a manos de la élite de poder del país que además han construido sus mansiones en lo que anteriormente eran los yucales de las ancianas de la comunidad, “adquiridos” de forma dolosa o simplemente arrebatados con el contubernio de la municipalidad. El caso de Punta Piedra se remonta a una invasión promovida por un militar en el año de 1992, sin que dos décadas después exista interés alguno por parte del Estado de Honduras en retornar las tierras en litigio a sus propietarios.
Las dos comunidades ubicadas en los norteños departamentos de Atlántida y Colón, asistieron el año pasado a audiencias efectuadas en San José Costa Rica y Asunción Paraguay en los meses de mayo y septiembre, donde expusieron las múltiples problemáticas que han venido confrontando durante décadas, las que han colocado en peligro la sobrevivencia de las comunidades, además de las múltiples violaciones a los derechos humanos a las que se han vistos expuestas.
Con respecto a las reparaciones, la Corte ordenó al Estado, entre otras medidas de reparación: i) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; ii) proceder a demarcar las tierras sobre las cuales ha sido otorgada la propiedad colectiva a la Comunidad en dominio pleno y en garantía de ocupación; iii) otorgar un título de propiedad colectiva, debidamente delimitado y demarcado, sobre un lote de tierra reconocida como territorio tradicional de la Comunidad Triunfo de la Cruz por parte del Estado; iv) iniciar en un plazo razonable la investigación de la muerte de los señores Jesús Álvarez, Oscar Brega, Jorge Castillo Jiménez y Julio Alberto Morales; v) garantizar el libre acceso, uso, y goce de la propiedad colectiva a la Comunidad Triunfo de la Cruz en la parte de su territorio que se sobrepone con un área del Parque Nacional Punta Izopo; vi) crear mecanismos adecuados para regular su sistema de Registro de Propiedad, y vii) crear un fondo de desarrollo comunitario a favor de los miembros de la Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz.
Implicaciones
Entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró en San José, Costa Rica, su 111 Período Ordinario de Sesiones en el que emitió seis sentencias que serán notificadas próximamente.
Entre estas sentencias se encuentran tres relacionadas con Honduras, cuyas implicaciones podrían tener un impacto significativo en temas fundamentales para la democracia y el Estado de derecho, tales como la independencia judicial y el respeto a los derechos ancestrales de los pueblos originarios.
Una de las sentencias trata sobre el caso López Lone y otros, acerca de los tres jueces y una magistrada que fueron separados por oponerse al golpe de Estado, por denunciar la complicidad de la Corte Suprema de Justicia con el gobierno de facto y por cumplir con su papel de garantes de la legalidad y el respeto de los derechos de la ciudadanía.
Las otras dos sentencias se refieren a los casos de las comunidades Garífunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz, y sus miembros, a quienes el Estado de Honduras a través de megaproyectos turísticos los está despojando de sus territorios ancestrales, violentando de esa manera su derecho a la consulta previa e informada.
“Sin duda alguna, de cumplirse con las expectativas que generan estas sentencias, sus puntos resolutivos podrían convertirse en una herramienta jurídica y política muy importante para promover cambios estructurales que favorezcan el respeto de la independencia judicial y de los derechos del pueblo garífuna y demás pueblos indígenas del país en relación con sus territorios.
A través de estas sentencias, la Corte Interamericana de Derechos Humanos envía un mensaje contundente al Estado hondureño y demás Estados de la región que creen que pueden seguir tratando a su ciudadanía como súbditos, y dejar claro que los derechos humanos están por encima del poder público, que está en la obligación de respetarlos, promoverlos y garantizarlos”, escribió en un editorial el doctor en derecho Internacional Joaquín Mejía.
Lea sentencia completa Aquí
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