lunes, 26 de agosto de 2013

El Último Gran Atraco: Empeñaron la AMDC



El 5 de agosto fue publicado en La Gaceta el Decreto Legislativo 113/2013 mediante el cual se autorizan atribuciones extraordinarias, al Gobierno Municipal del Distrito Central encabezado por el señor Ricardo Álvarez Arias.

Una lectura rápida del decreto en mención, nos lleva a concluir que es tan o más aberrante que el de la Ley de Promoción del Desarrollo y Reconversión de la Deuda Pública. Tanto Juan Orlando Hernández como Lena Gutiérrez se aseguraron de No ser  quienes presidieran la sesión del Congreso Nacional en la que se legalizó este Atraco, presidiendo la sesión el diputados bisagra, como le gusta autonombrarse, Ramón Velásquez Nazar.

La entrega de la AMDC:

· Autoriza a la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) para que tanto el fideicomiso existente como los contratos que se suscriban en la ejecución de programas y proyectos, trasciendan más allá del actual período de gobierno.

· Autoriza a la AMDC para que negocie y reestructure deudas bancarias por un plazo de entre 4 a 8 años a partir de la vigencia del decreto. (5 de agosto del 2013).

· Autoriza a la AMDC para que pueda negociar y ampliar el plazo de los fideicomisos que constituyan. Facultando para que los fideicomisos ya existentes y por constituir, puedan:

-  Administrar el recaudo de los bienes muebles e inmuebles que forman parte del Sistema Bus de Tránsito Rápido y proyectos conexos, Valorización de Desechos Sólidos a través de la Generación Eléctrica del Reciclaje, Eficiencia Energética, Peaje, Desarrollo del Río Choluteca y sus Riberas, Teleférico Municipal, Viviendas Sociales, Terminal de Buses y Central de Abastos.

 - Suscribir los contratos necesarios conforme a las instrucciones que se emitan por el o los Comités Técnicos Fiduciarios para la contratación de los proyectos antes descritos.

-  Administrar otros bienes y servicios que la AMDC tenga a bien incorporar a los fideicomisos.

Todos estos fideicomisos entregados a Banco FICOHSA.

· Se autoriza a la SEFIN, SERNA, SOPTRAVI, ENEE, Comisión Nacional de Energía(CNE), DEI, entre otras autoridades competentes, para suscriban y autoricen las licencias, autorizaciones y contratos, bajo los procesos de celeridad, simplificación y eficiencia a favor del fideicomiso de las personas jurídicas con quienes se celebren.

· Autoriza a la SERNA para que emita en un solo acto administrativo los contratos de operaciones, licencias ambientales, factibilidad y demás autorizaciones.

· Autoriza a la ENEE para suscriba con la AMDC el respectivo contrato de compra de energía, y a la SEFIN para que agilice los trámites administrativos que procedan en la autorización de las respectivas exoneraciones, exenciones fiscales, dispensas, órdenes de compra exentas y demás concernientes con la sola presentación del documento contrato debidamente suscrito.

· Se autoriza al fideicomiso existente para que dentro de un Plan de Desarrollo Vial contrate obras por un monto hasta de 500 millones de lempiras para la ejecución de obras de infraestructura. La fuente de pago de ese monto será la SOPTRAVI por un monto de 25 millones anuales durante los primeros cuatro años y a partir del 2018 la AMDC. También autoriza al Poder Ejecutivo para que formalice Garantía Soberana del Estado para que sean contratadas las obras descritas y se emita Garantía Fiduciaria mediante la emisión de cualquier instrumento financiero necesario.

· Se autoriza a la AMDC la emisión de Bonos Municipales AMDC por un monto de 850 millones de lempiras para el pago de obligaciones pendientes de años anteriores y del presente año. También se le autoriza el uso de esos recursos para honrar obligaciones pendientes con INJUPEMP, IHSS, INFOP, DEI, SANAA, Cuerpo de Bomberos, ENEE y HONDUTEL. En el caso de la ENEE esos fondos solo podrán ser usados para pagar la "Deuda" a los generadores de energía.

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