viernes, 13 de marzo de 2015

Manoseo del Sistema Judicial provoca impunidad en caso del menor Ebed Jassiel, asesinado por militares



Por Sandra Rodríguez

Uno de los militares que arrebató con su arma la vida del menor Ebed Jassiel Yánez Cáceres  (15), deberá guardar 16 años de prisión, y no veinte como pena máxima por homicidio, establecida en el Articulo 116 del Código Penal de Honduras.

Así lo dictó está mañana la Sala V de juicios Orales y Públicos de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dando solo un año más de lo que establece como pena mínima el artículo en mención, que es de 15 años, contra el militar Eleazar Abimael Rodríguez, responsable del homicidio del menor, que se conducía en motocicleta la madrugada del 27 de mayo del 2012, y no atendió un retén militar a la altura del desvío a la colonia Los Pinos, carretera que conduce de Tegucigalpa a Danlí, por lo que una patrulla le dio persecución, a bordo iban siete uniformados, tres de ellos le dispararon hasta matarlo.  
El Sargento Eleazar Abimael Rodríguez deberá purgar la pena en prisión, mientras que el Sub Teniente de la Fuerzas Especiales y jefe de la patrulla, Josué Antonio Sierra; y el Cabo Felipe de Jesús Rodríguez, co-homicidas, como lo estableció la CSJ, al concluir el juicio oral y público en enero pasado, fueron absueltos de los delitos de abuso de autoridad en perjuicio de la Administración Pública, encubrimiento y falta a los deberes de los funcionarios, por los que los acusaba el Ministerio Público (MP), de estos delitos también se absolvió a Eleazar Abimael.
El padre del menor, Wilfredo Yánez, no sólo lamenta que únicamente uno de los tres militares que le dieron muerte a su hijo, guarde prisión, sino que el MP no quiso ampliar las acusaciones de homicidio contra Josué Sierra y Felipe Rodríguez, pesé a que autoridades de la Fiscalía, en diferentes momentos le prometieron que iban a hacer algo para que así sucediera.
En su momento, declaró que hay un malestar con el fiscal del MP, German Reyes, quien inició con los requerimientos, y solo incluyó a Eleazar Abimael Rodríguez por homicidio, cuando debió ser contra los otros imputados y supuestamente había tiempo de hacerlo.
Al padre del menor, eso lo  motivó a reunirse con el entonces fiscal Luis Rubí, para reclamarle porque sus sub alternos no habían acusado de homicidio a esos dos militares (Josué Sierra y Felipe Rodríguez) y él prometió corregir esa situación, asimismo habló con autoridades actuales, pero le mintieron. 
En la audiencia de Individualización de Pena, el MP y la acusación privada, que representa el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), habían solicitado la pena máxima por homicidio que es de 20 años.

Juicio manipulado, acuerdos políticos y “de compadre hablado”
Este es un juicio manipulado, es de “compadre hablado” declaró la defensora de DDHH Bertha Oliva, coordinadora General del COFADEH.
Esa una clara demostración que estamos lejos de encontrar justicia en las instancias que corresponden la búsqueda de la misma, eso significa el manoseo de todo el Sistema Judicial para dejar en la impunidad hechos tan graves como como los sucedidos contra el menor Ebed.
Considero que todavía tenemos la oportunidad de seguir haciendo acciones pero ya están claras las intenciones, determinación y acuerdo político, desafortunadamente en el país se continúan teniendo resoluciones de la aplicación de justicia en los acuerdos políticos.
No creemos que pudo haber sido una omisión de parte del fiscal no incorporar a los demás implicados en el caso, o porque tenía mucho trabajo el fiscal, yo creo que ahí se opera de “compadre hablado”, en unos casos se responsabiliza al MP como en esta ocasión.  
A criterio de la defensora de DDHH, los operadores de justicia “se tiran la pelota” en casos que el Juez toma la atribución sin expedirlo el fiscal del MP, sí condena o amplia la pena para otras personas, en este caso el juez encontraba méritos para los demás, pero como no lo había solicitado el MP, los absolvió.  
Aquí se denota como está manipulada y mal intencionada el Sistema de Justicia, con estos casos se nos demuestra que estamos muy lejos de sentirnos satisfechas  con la búsqueda de justicia, plena, a tiempo y a quienes corresponde.
En este caso, también queda claro que si el MP ampliaba los delitos, era ilógico que el caso pasaría de homicidio a asesinato, pues tendrían que involucrarlos a todos, y en homicidio simple solo le dio  un año más de la pena mínima al que señalaron como responsable (sargento Eleazar Rodríguez).
Uno se decepciona, se desmotiva, al pensar en que la familia ha realizado tanta lucha y se ha expuesto  para que un juez determine que es un homicidio simple la privación de la vida de un niño que pudo ser promesa del país.
Y nos preguntamos ¿ante quien podemos apelar ahora? Ante la justicia Divina o la justicia terrenal -esa que se impone cuando no ya no se encuentra respuesta en los órganos del Estado, buscar justicia por su propias manos-  están llevando a que la gente busque justicia terrenal, ya no querrán acudir al sistema judicial, volver a la sociedad a un caos más grande de lo que ya tenemos, a eso nos están llevando y me parece que esa es la intención de un Estado que no funciona, que está lejos de demostrar que su línea es sancionar a quienes cometen este tipo de delitos como privar de las vida a los habitantes de este país.
“Siento que son mensajes de empoderamiento que se le está mandando a las fuerzas militares para que continúen  haciendo hechos como el que sucedió con el niño Ebed Jassiel”, concluyó la defensora de DDHH y coordinadora general del COFADEH, Bertha OIiva, que lleva el caso de Eebd Jassiel Cáceres Yánez, asesinado por militares en una patrulla a cargo del sub teniente Josué Antonio Sierra, el 27 de mayo del 2012.
Ahora los fallos emitidos con respecto a las sentencias absolutorias, se enviarán en el Recurso de Casación a la Fiscalía de Impugnaciones, declaró el Fiscal de DDHH, Luís Fernando Padilla, para lo que tiene 20 días hábiles, y que se estudie la sentencia y el acta de Debate para ver si procede o no interponer el Recurso de Casación ante la Sala Penal de la CSJ.
La sentencia fue leída sin la presencia de los militares, tampoco los abogados de la defensa que participaron en esta etapa del juicio, José Tiburcio Amador que representó al cabo Felipe de Jesús Rodríguez; y el abogado Humberto Jacobo Salandía, que lleva la defensa del sub teniente  Josué Antonio Sierra y el sargenteo Eleazar Rodríguez, a quien, según la sentencia son 16 años de prisión, y se le deberá descontar el tiempo que tiene privado de libertad. Él guarda prisión desde junio del 2012, porque se su arma dio positiva con los casquillos de bala encontrados en la escena del crimen, aunque se comprobó que fueron más los que dispararon, y tras abandonar el lugar, la patrulla regresó, los militares recogieron las evidencias y Sierra las tiró a la orilla de la carretera por el empalme de la colonia Villa Nueva, Kennedy y Hato de En medio, justo al inicio del bulevar Fuerzas Armadas.
Según el Tribunal compuesto por Lesly Gallardo, Yessica Granados y Julissa Aguilar, no se pudieron comprobar los delitos imputados a los militares, excepto el de homicidio, así que al sargento Abimael Rodríguez también se le absolvió de los otros delitos.
Al concluir el Juicio Oral y Público, en enero, el jefe de la Patrulla, Josué Antonio Sierra, quien es licenciado en ciencias militares, dijo que participaron en ese operativo por órdenes de la Presidencia de la República y pidió perdón a la familia Yánez  Cáceres, aunque de esa forma no les iba a revivir a su hijo, les dijo que “estuve cuatro años preparándome en el Alma Mater, yo iba con ímpetu de hacer las cosas bien, de la mejor manera, me educaron en la trilogía del Honor, Lealtad y Sacrificio. Ese día no hubo nada premeditado. No le voy a revivir a su hijo, pero le pido perdón y quiero dejar manifestado que en ningún momento hubo mala intención, lamentablemente recibimos órdenes arbitrarias”.

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