lunes, 9 de noviembre de 2020

Las turbias transferencias del alcalde de Tegucigalpa


Radio Progreso

*** La Sala Constitucional de lo Penal aceptó un recurso de amparo interpuesto por la defensa para detener una de dos líneas a Nasry Asfura, alcalde de Tegucigalpa mientras que la Uferco puso ante la Corte de Apelaciones del Tribunal Anticorrupción una solicitud de antejuicio por ese caso; el fiscal Santos manifestó que la investigación está concluida***  

Unos 29 millones de lempiras (más de un millón de dólares) fueron desviados de las arcas de la municipalidad de la capital de Honduras en el periodo 2017-2018 a cuentas personales y de terceros, de acuerdo con una investigación realizada por la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco) del Ministerio Público.  

Los involucrados: el alcalde de Tegucigalpa Nasry “Tito” Asfura y la regidora Nilvia Castillo fueron requeridos para un antejuicio interpuesto en la Corte de Apelaciones de lo Penal en materia de corrupción de Francisco Morazán ante las investigaciones por los delitos de abuso de autoridad, uso de documentos falsos, malversación de caudales públicos, fraude, lavado de activos entre otros.  

Las cuentas de las empresas investigadas donde fueron a parar los fondos son Agac de Centroamérica, Crédito Inmobiliario Jacaleapa, Cosemsa, Decoesa, Cementos y Codena. De acuerdo a las actas constitutivas de esas sociedades mercantiles que tuvo acceso Expediente Público, el alcalde capitalino Nasry Asfura Zablah figura como socio. (Descargue). 

El fiscal de la Uferco, Luis Javier Santos, expresó que el dinero robado no pasó directamente a la cuenta personal de los acusados, sino que la ruta de esas transferencias siguió una modalidad. “En esa administración se realizaron unas liquidaciones y presentaron una serie de documentación que hasta ahora hemos podido determinar que tienen la característica de ser falsos”, dijo a Expediente Público. 

“No fue sencillo llegar a esa conclusión. Se siguió el rastro de ese dinero y es un hecho incuestionable que ese dinero fue sustraído de manera ilegal”, explicó el ex titular de la desaparecida Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic), aclarando que esa línea de investigación es propia de la Uferco y la Misión de Apoyo contra la Corrupción e Impunidad (Maccih) no conoció ese expediente porque la denuncia se dio en los últimos meses que estuvo en ese país esa entidad investigativa. 

Lea: Caso Pandora: ejemplo de corrupción e impunidad 

Asfura, lleva dos periodos consecutivos en la alcaldía capitalina; asumió el cargo de alcalde de Tegucigalpa el 25 de enero 2014 y posteriormente fue reelegido el 25 de enero de 2018. Recientemente, oficializó el 5 de octubre de este año, su precandidatura a la presidencia por el movimiento del Partido Nacional Juntos Podemos.  

Juzgamiento especial antes de ir a un juicio común 

Algunos altos funcionarios tienen el mecanismo de protección denominado antejuicio que antes de ser juzgados como cualquier ciudadano, se establece un juzgamiento especial siendo juez designado de la Corte de Apelaciones.  

El antejuicio es un procedimiento especial que debe tramitarse previamente para poder exigir la responsabilidad criminal a los jueces y magistrados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. De acuerdo con el artículo 442 del Código Procesal Penal, la Corte de Apelaciones deberá pronunciarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la recepción del informe de la persona juzgada, “declarando, sin prejuzgar sobre el fondo, si ha lugar o no a la acusación”. 

Si se declara con lugar a la acusación, el edil capitalino quedará en la misma situación que cualquier imputado y se le extenderá certificación de la sentencia al Ministerio Público o al agraviado, en su caso, para que ejercite la acción correspondiente.

La defensa se adelanta 

El 26 de octubre de este año, la Uferco presentó la solicitud de antejuicio contra el alcalde capitalino, Nasry Asfura Zablah, conocido como “Papi a la orden” y otros funcionarios.  

Al respecto, Expediente Público conversó con el fiscal de la Uferco, Luis Javier Santos y detalló que los abogados de esos funcionarios involucrados, interpusieron dos acciones de amparo ante la Sala de lo Constitucional antes que la Uferco presentara el antejuicio.  

“Estas órdenes de amparo habían sido interpuestas mucho antes que el antejuicio, por diligencias previas que la fiscalía estaba realizando en el circuito anticorrupción como ser la solicitud de declaración de dos testigos protegidos mediante las formalidades de la prueba anticipada”, explicó Santos, ampliando que esas dos opciones de ninguna manera intervienen en el proceso del antejuicio. 

El fiscal comentó que, si la defensa interpone un recurso de amparo este momento, no hay causa para que la Corte pueda detener el proceso de investigación sino hasta que se resuelva el antejuicio y se agote el recurso de apelación, y, posteriormente se puede ir amparo ante la Corte. 

Sobre ese caso, el 24 de agosto de 2020 la Uferco hizo comparecer ante un juez de letra penal con competencia nacional en materia de corrupción a dos testigos protegidos. Dos días después se celebró la audiencia de declaración de testigos, con la presencia de dos abogados uno por la defensa pública y otro privado en representación de dos funcionarios implicados en estos supuestos actos de corrupción en la comuna capitalina. 

Trato diferenciado 

El fiscal amplía que en la Sala de lo Constitucional hay una sentencia de 2013 que establece que no se debe seguir un antejuicio, sin embargo, la Sala de lo Penal dice que si se debe seguir el antejuicio. 

Durante el diálogo, Santos comentó no estar de acuerdo en que se deba solicitar ese procedimiento especial, al menos en este caso porque el articulo 28 numeral 2 de la Ley de Justicia Constitucional, se refiere a dos situaciones que no tiene relación con lo que se están investigando. “Es mi opinión como profesional, pero debo seguir el criterio de la institución del Ministerio Público y del criterio que ha establecido la Sala Penal”, comenta. 

Para el fiscal, el criterio de la Corte ha sido cambiante de acuerdo con el perfil del funcionario acusado. “Eso no puede ser, se supone que estamos en un estado de Derecho, entonces el criterio debe mantenerse, independientemente si es el alcalde de Reitoca, de la capital o el de San Pedro Sula”. 

En mi carrera como fiscal -recuerda- en el equipo donde he estado asignado hemos acusado alrededor de 18 corporaciones, entre regidores y alcaldes y nunca hemos solicitado un antejuicio, sin embargo, ahora si lo solicitamos por el criterio cambiante que ha tenido la Corte, y esperamos que al final se nos dé la razón. 

La investigación 

Durante los años 2017 y 2018, Nasry Asfura, en su condición de alcalde municipal, y Mario Roberto Zerón, en su condición de tesorero municipal, libraron cartas de pago al banco fiduciario solicitando a favor de Asfura la emisión de 21 cheques en concepto de fondos rotatorios por 11.9 millones de lempiras, (unos 488 mil dólares)”, señala el documento de antejuicio. 

Más adelante amplía que de igual manera se solicitó la emisión de un cheque por 4.8 millones de lempiras, (203 mil dólares) en concepto de reembolso de gastos, y un cheque por un millón de lempiras mediante el procedimiento del fondo rotatorio especial, lo que significó la emisión de 23 cheques de caja emitidos a nombre de Asfura Zablah, que sumaron 17.4 millones de lempiras, unos 708 mil dólares. 

Otro apartado de la petición señala que el 22 de marzo de 2012, con el propósito de recaudar fondos para la candidatura de “Tito” Asfura, se aperturó una cuenta en el mismo banco fiduciario, estableciendo como origen de los fondos como aportes de campaña política. Pero el perfil bancario fue modificado al nombre Decoesa, una empresa de construcción cuyo socio es el alcalde capitalino. 

La Uferco admitió que por cada cheque recibido por Asfura, él presentó una liquidación, las que fueron analizadas encontrándose una serie de inconsistencias entre las que figura que a las personas a las que se les entregó el dinero son distintas a las establecidas en las liquidaciones. El monto desviado es aproximado de un millón de dólares, fondos de recaudación de impuestos, tasas, multas, transferencias del gobierno, que están siendo administrados por un fideicomiso firmado entre la alcaldía y un banco privado. 

Filtración documentos 

El fiscal Santos también se refirió ante la filtración de los documentos confidenciales donde se involucra al alcalde de Tegucigalpa. “Presentamos la denuncia ante la Supervisión Nacional (departamento que investiga dentro del Ministerio Público y la Fiscalía de Enjuiciamiento que investiga a los funcionarios (fiscales y jueces) cuando hay indicios que se ha cometido algún delito y esperamos que investiguen y se pueda determinar quién fue el que filtró la información”, comentó. 

Misma Ley aplicaron a Oliva 

En enero de 2018, Juan Jiménez Mayor, ex vocero de la Maccih, informó que Mauricio Oliva presidente del Congreso Nacional y otros 60 diputados eran investigados por drenar fondos públicos a través de Organizaciones no Gubernamentales.  

Lea: Testaferros del cartel de los cachiros traspasaron cuatro propiedades a Mauricio Oliva Herrera, presidente del Congreso Nacional de Honduras 

Pero la Corte Suprema de Justicia de Honduras (CSJ) ratificó el 13 de septiembre de 2018 el fallo a favor de Mauricio Oliva Herrera, quien estaba siendo investigado por el Ministerio Público, al aceptar un recurso de amparo administrativo que suspende todas las investigaciones en su contra.   

Oliva era objeto de interés de la por la desaparecida Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic), en la llamada “Línea de investigación B”, cuyos alcances nunca fueron conocidos. 

La abogada Karla Patricia García Arita presentó este recurso de amparo administrativo, que fue aceptado el pasado 2 de agosto de 2018 por la Sala de lo Constitucional, argumentando que al alto funcionario le estaban violando derechos constitucionales.  

Lo anterior se debe a una línea de investigación contra Mauricio Oliva, ejecutada por la Ufecic del Ministerio Público (MP) y la Maccih.  El recurso de amparo fue admitido con suspensión del acto reclamado, por lo que la Ufecic deberá brindar toda la información al presidente del Congreso Nacional.      

Los magistrados ordenaron que se suspendieran todas las investigaciones contra Mauricio Oliva, mientras este no sea informado de qué se tratan las investigaciones.  El fallo sobre el recurso de amparo fue ratificado por el pleno de la Corte Suprema de Justicia.  Ahora, el presidente del Legislativo deberá ser informado de qué y por qué lo están investigando.  

No recibieron mismo favor 

La Fiscalía Especial para la Transparencia y Combate a la Corrupción Pública (Fetccop), de la zona norte de ese país, junto con agentes de la Agencia Técnica de Investigación Criminal, Atic, en los últimos tres años, han presentado más de 58 acusaciones y antejuicios contra alcaldes, regidores, policías y otros funcionarios involucrados en delitos en perjuicio de la administración pública. 

En el caso de las alcaldías, 14 alcaldes de diferentes ciudades y periodos han sido sindicados por actos irregulares, ellos son: David Zacaro Morlach acusado por tres delitos de abuso de autoridad en Tela, zona litoral de Honduras; Óscar Kilgore, condenado por malversación de caudales públicos, abuso de autoridad y violación de deberes de los funcionarios (San Pedro Sula, pendientes otras causas); Rodolfo Padilla Sunseri condenado por abuso de autoridad. (San Pedro Sula, pendientes otras causas por malversación dolosa, 87 delitos de abuso de autoridad, malversación desviatoria y evasión). 

Otros alcaldes hondureños acusados por corrupción y lavado de activos no recibieron ese procedimiento especial de enjuiciamiento de altos funcionarios tal es el caso de Miguel Pastor y Arnaldo Urbina Soto.  

Miguel Pastor ejerció el cargo de alcalde en la capital de Honduras en el periodo de 2002-2006 y fue exministro de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (Soptravi) entre 2010 y 2012, fue acusado de abuso de autoridad, cohecho, fraude y facilitación para lavado de activos. 

La investigación fue denominada Narcopolítica y fue presentada por la Ufecic y la Maccih, quienes determinaron que hubo un esquema de lavado de dinero proveniente del tráfico de drogas internacional a través de obras públicas que no se realizaron: incluye el otorgamiento de contratos públicos a empresas de los líderes de la banda narcotraficante Los Cachiros, presos en Estados Unidos.  

El exministro y exalcalde de Tegucigalpa Miguel Pastor se entregó el 24 de mayo de 2019 a la justicia de Honduras y ese mismo día el Juzgado Penal en materia de Corrupción de ese país, dictó su detención judicial. 

Mientras que Arnaldo Urbina Soto, en su condición de alcalde de Yoro, fue acusado en julio de 2014 por los delitos de lavado de activos, posesión ilegal de armas prohibidas y comerciales, asociación ilícita y tráfico de drogas; pero una juez con jurisdicción nacional, por falta de pruebas, le dio un sobreseimiento definitivo por tres delitos y solo le decretó auto de formal procesamiento por lavado de activos. 

Posteriormente, el Juzgado de Letras con Jurisdicción Nacional en Materia Penal, en audiencia inicial resolvió decretar el 21 de diciembre de 2016 auto de formal procesamiento con la medida cautelar de prisión preventiva contra el alcalde de Yoro, Arnaldo Urbina Soto, a quien se le supone responsable de 67 delitos de abuso de autoridad, 124 de malversación de caudales públicos. 

Urbina quien permanece en prisión desde 2014, fue sobreseído en agosto de 2020 junto a otros 23 involucrados por el caso Pandora, un caso que determinó como operaban de forma organizada las redes de la corrupción para drenar fondos públicos y todo ello configuró los delitos de asociación ilícita y lavado de activos. 

En el caso del edil capitalino, el Ministerio Público espera que la Corte de Apelaciones resuelva en estos días si admite o no la petición de antejuicio contra el alcalde capitalino. Según la Uferco las pruebas son sólidas que evidencian que el dinero desviado fue sustraído de manera ilegal.  

“Es como que a mí como fiscal me den 200 mil lempiras para combustible y después yo me lleve ese dinero y los deposite a mis cuentas personales o empresariales, eso no tiene ninguna relación”, ejemplificó, Santos, concluyendo que, para esas liquidaciones, en la alcaldía del Distrito Central presentaron decenas de documentos y facturas falsas. 

Descargue  

1. Compañía Constructora y Servicios Múltiples  

2. Desarrollo Construcciones y Equipo Decoesa  

3.Cementos, S. A, Cesa   

4.Constructora de Desarrollos Nacionales, Codena   

5. Crédito Inmobiliario Jacaleapa, Credinjasa   

6. Agac de Centroamérica 

7. Oficio Uferco 

8. Certificaciones CCIT 


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