jueves, 4 de julio de 2013

Educación superior


Diario Tiempo

Todo lo relacionado con la organización, dirección y supervisión  de la educación superior de nuestro país corresponde a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), por mandato constitucional, y cualquier cambio en este nivel académico requeriría de una profunda reforma de la Constitución de la República.

Los estudiantes universitarios, nucleados en la Plataforma de Organizaciones Estudiantiles (POE) y en la Federación de Estudiantes Universitarios (FEUH), se declaran dispuestos a luchar contra la vulneración del principio de centralidad en el sistema de educación, que, en este caso, conjuga la autonomía universitaria.

La reacción estudiantil, indudablemente apoyada por los sectores de la sociedad hondureña interesados en el fortalecimiento de la integridad universitaria, es muy oportuna ante la propuesta de un anteproyecto de Ley de Educación Superior introducida en el Legislativo para desvincular a las universidades privadas del control y la supervisión centralizada.

Queda claro que esta iniciativa contraría la letra y el espíritu de la Constitución de la República, plasmados en los artículos 156, 157, 159 y 160, concernidos en la doctrina de esencialidad del Estado “para la conservación, el fomento y la difusión” de la educación, y, asimismo, en el de laicidad, porque “La educación nacional será laica y se fundamentará en los principios esenciales de la democracia”, (artículo 151 CR).

Como ha venido sucediendo de un tiempo a esta parte con las violaciones autorizadas, por así decirlo, de la Ley Fundamental, a través de las “interpretaciones” directas, supuestamente auténticas, en 1983 el congreso nacional “interpretó” el párrafo 4° del artículo 160 CR, relacionado con la exclusividad de la UNAH del reconocimiento de la validez a los títulos otorgados por las universidades privadas y extranjeras.

Esa interpretación, contenida en el Decreto 160/83 a manera de caballo de Troya, tiene el propósito de desnaturalizar la autonomía universitaria en el sentido de que el control y supervisión de la educación superior a cargo de la UNAH, en lo atinente al reconocimiento de los títulos universitarios, solamente será válido y exigible “hasta tanto se emita una ley especial a que se refiere el párrafo 3° del mismo artículo…”, 160,  que precisamente remite, dicho párrafo 3°, a la emisión de una ley especial para “la creación y funcionamiento de las Universidades Privadas, de conformidad con los principios que esta Constitución establece”.

Las organizaciones estudiantiles y la comunidad universitaria sin duda comprenden los alcances de una ley especial que tergiverse o se aparte de “los principios que esta Constitución establece”. Toca a los legisladores atender ese mandato con la debida responsabilidad, más allá de las famosas “interpretaciones”.

Lo que está en juego es la democracia participativa en materia de educación, que solamente puede ser garantizada por el Estado laico y responsable de la dirección, la supervisión, “la conservación, la difusión, (y) el fomento” de la educación, en vez de orillar a la privatización de la educación a que conduce el desconocimiento o la violación de estos principios.

Bien lo ha dicho el portavoz de la FEUH del Valle de Sula, Moisés David Cáceres: “Ese anteproyecto de ley trae consigo “la expansión y mercantilización y privatización de la educación pública en Honduras, y vamos a salir a defender nuestra autonomía”.

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