sábado, 21 de septiembre de 2013

Líderes indígenas se enfrentan a cargos injustos



Tres líderes indígenas hondureños se enfrentan a cargos infundados en relación con sus actividades como defensores de los derechos humanos. Está previsto que se celebre una vista judicial el 12 de septiembre. En caso de ser encarcelados, Amnistía Internacional los considerará presos de conciencia.

Bertha Cáceres, Tomás Gómez y Aureliano Molina se enfrentan a cargos penales infundados por los presuntos delitos de usurpación, coacción y daños continuados contra una empresa que lleva a cabo un proyecto de energía hidroeléctrica en tierras indígenas. También se les acusa de incitar a otros a cometer estos delitos. Basándose en sus testimonios y en la información recibida de varias fuentes, incluidas las autoridades, Amnistía Internacional considera que los están criminalizando como represalia por su liderazgo y su trabajo de derechos humanos en defensa del pueblo indígena Lenca.

Bertha Cáceres es la coordinadora general del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), y es bien conocida por su trabajo de promoción de los derechos humanos del pueblo indígena Lenca en el noroeste de Honduras. Tomás Gómez y Aureliano Molina también son miembros del COPINH, líderes comunitarios, defensores de los derechos humanos y trabajan para las emisoras de radio comunitarias La Voz Lenca y Guarajanbala.

El COPINH es una organización activa desde 1993, que lucha para mejorar el nivel de vida del pueblo indígena Lenca y defiende el derecho al territorio, a los recursos naturales y al medio ambiente. Las comunidades indígenas Lenca de Río Blanco y del departamento de Santa Bárbara comenzaron a manifestarse en abril contra un proyecto de energía hidroeléctrica. El proyecto está situado en las tierras donde viven desde hace siglos y la comunidad dice que no otorgó su consentimiento libre, previo e informado. En julio, el ejército abrió fuego durante una manifestación pacífica del COPINH, mató al líder indígena Tomás García e hirió a su hijo adolescente.

Amnistía Internacional ha expresado con anterioridad sus motivos de preocupación en relación con el uso indebido del sistema de justicia para prevenir, restringir o castigar las actividades de estos tres líderes en defensa de los derechos humanos. A pesar de recibir respuestas por escrito, Amnistía Internacional cree que las autoridades no han abordado de manera adecuada estos motivos de preocupación.

Escriban inmediatamente, en español o en su propio idioma:
Instando a las autoridades a poner fin a todo procedimiento penal infundado contra Bertha Cáceres, Tomás Gómez y Aureliano Molina teniendo en cuenta su legítima función de defensores de los derechos humanos;

Afirmando que Bertha Cáceres, Tomás Gómez y Aureliano Molina serán considerados presos de conciencia si son encarcelados.

Envíen los llamamientos, antes del 24 de octubre de 2013, a:
Presidente de Honduras
Porfirio Lobo Sosa
Casa Presidencial, Barrio Las Lomas

Boulevard Juan Pablo II

Tegucigalpa

Honduras
Fax +504 2290 5088
Tratamiento: Sr. Presidente / Dear President

Fiscal General
Oscar Chinchilla Banegas
Ministerio Público, Lomas del Guijarro
Avenida República Dominicana
Edificio Lomas Plaza II
Tegucigalpa, Honduras
Fax: +504 2221 5667
Twitter: @MP_Honduras
Tratamiento: Sr. Fiscal General de la República / Dear Attorney General

Envíen también copias a la representación diplomática de Honduras acreditada en su país. Inserten a continuación las correspondientes direcciones de las sedes diplomáticas locales:
Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Número de fax Correo electrónico Dirección de correo electrónico Tratamiento Tratamiento
Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar llamamientos después de la fecha indicada.

Acción Urgente
Líderes indígenas se enfrentan a cargos injustos
Información complementaria
Tras el homicidio de Tomás García y las heridas sufridas por su hijo, Allan García Domínguez, en julio, Amnistía Internacional emitió una Acción Urgente en la que pedía una investigación y protección para los líderes del COPINH y los manifestantes. Según informes, un soldado está siendo objeto de investigación por el incidente. Véase AU 188/13 (AMR 37/006/2013).

El 13 de junio, Amnistía Internacional escribió al Ministerio Público hondureño en relación con una causa penal incoada contra Bertha Cáceres y Tomás Gómez por llevar presuntamente un arma sin licencia en la parte trasera de una camioneta. Este incidente tuvo lugar en el contexto de las manifestaciones continuas contra la presa hidroeléctrica de Agua Zarca, Río Blanco, cuando los dos líderes del COPINH se dirigían al emplazamiento de la presa y fueron interceptados en un control del ejército. Según el testimonio de Bertha Cáceres, el arma fue colocada allí por los militares durante el registro. El juicio contra Bertha Cáceres sigue su curso, mientras que los cargos contra Tomás Gómez se retiraron. 

Amnistía Internacional expresó su preocupación de que pudiera tratarse de uso indebido del sistema de justicia para prevenir, restringir o castigar actividades legítimas de defensa de los derechos humanos.

Amnistía Internacional ha documentado una constante de abusos contra las personas que defienden los derechos humanos en América, que incluye el uso indebido del sistema de justicia para restringir o castigar actividades legítimas. Para más información, véase Transformar dolor en esperanza. Defensoras y defensores de derechos humanos en América, AMR 01/006/2012, http://www.amnesty.org/es/library/info/AMR01/006/2012/es).

En Honduras, Amnistía Internacional ha documentado un incremento en el número de amenazas de muerte y ataques contra líderes comunitarios, defensores de los derechos humanos y periodistas, tal como se afirma en el informe regional mencionado supra. Como se afirma en la resolución adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en marzo de 2013 sobre protección de los defensores de los derechos humanos (A/HRC/22/L.13), hay una necesidad urgente “de abordar, y de tomar medidas concretas para prevenir y detener, el uso de la legislación para obstaculizar o limitar indebidamente la capacidad de los defensores de los derechos humanos para ejercer su labor”. La resolución exhorta también a los Estados a velar por que “[e]xistan garantías procesales, también en las causas penales contra defensores de los derechos humanos, de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, con el fin de evitar el uso de pruebas poco fiables, investigaciones injustificadas y demoras procesales, contribuyéndose así eficazmente al archivo rápido de todas las causas insuficientemente fundamentadas”.

El derecho al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas está consagrado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y en el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo), ratificado por Honduras en 1995. Honduras tiene la responsabilidad de consultar y de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de emprender medidas que afecten directamente a sus tierras y recursos naturales.
Nombre: Bertha Cáceres (m), Tomás Gómez (h) y Aureliano Molina (h)
Sexo: hombres y mujer
AU: 244/13 Índice: AMR 37/012/2013 

Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2013

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