viernes, 24 de julio de 2015

Juicio y divorcio político



Fue hace dos años que el Congreso Nacional de Honduras aprobó en enero 2013 el “juicio político”, la figura constitucional que busca deducirles responsabilidades a los titulares de los tres poderes del Estado y a otros altos funcionarios que cometan abusos de autoridad en el desempeño de sus funciones. Esta figura fue recomendada por la Comisión de la Verdad nombrada por el Ejecutivo para investigar los hechos ocurridos antes, durante y después del 28 de junio de 2009. Y como no está mal recordar lo que ya es historia refrescamos la memoria.

El artículo 234 dice que: “procede el juicio político contra el Presidente de la República y designados presidenciales, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, diputados del Congreso Nacional y Parlamento Centroamericano, Corporaciones Municipales, jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y todos los servidores públicos electos por el Congreso Nacional, cuando en su contra exista denuncia grave en el desempeño en su cargo, por realizar actuaciones contrarias a la Constitución de la República o el interés nacional o por manifiesta negligencia, incapacidad o incompetencia para el desempeño del cargo”.

Sin embargo, fue el mismo Congreso Nacional que se ufanaba de no haber aprobado el “juicio político” contra el Fiscal General y su adjunto debido a que la oposición no consiguió la mayoría de votos para ser aprobado. La moción del PAC, respaldada por LibRe, fue rechazada por el Partido Liberal, el PINU, la Democracia Cristiana y, obviamente, por el Partido Nacional. Lo que ayer era bueno y la solución, hoy no lo es y no responde a la urgencia del momento.

Las razones aducidas fueron porque la petición no reúne los requisitos de ley y porque el Partido Liberal considera que un juicio político en este momento que vive el país es inoportuno, no reúne los requisitos de la ley y distrae de la tarea de la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia, cuyo proceso se iniciará en las próximas semanas. Por otra parte, se violaría el principio de inmediación y se interrumpirían los juicios que ha llevado el Ministerio Público y no es conveniente ponerle pausa.

Lo que nos está queriendo decir está actitud en otras palabras es que “el Congreso desaprueba lo que el Congreso aprueba” y que el bipartidismo político es profundamente antidemocrático y confirma reincidentemente que el “juicio político” es un instrumento en manos de la “derecha política” a su servicio y en contra de la sociedad misma. Las democracias representativas y participativas se dotan a sí mismas de aquellos elementos que pretenden imposibilitar las regresiones anti democráticas y concentraciones de poder inusitadas.

Como nos señalan los analistas políticos lo que ha realizado el gobierno de JOH es: 

a) nombrar a su propio Fiscal General 

b) asegurarse su propia Corte Suprema de Justicia 

c) asegurarse el control y el sometimiento de los jueces 

d) fundar su propia Fuerza Militar con funciones policiales 

e) nombramiento anticipado del Tribunal de Elecciones. 

Y, añadimos ahora, 

f) un Congreso Nacional, a base de alianzas y con mayoría casi absoluta, para neutralizar todo intento de cambiar el orden político.

Al final de todo, tenemos un gobierno político que se constituye en algo autónomo, independiente, arrogante y sumamente concentrador. Termina dándose la separación y el divorcio entre la política y la sociedad, entre el juicio político y la democracia. Se establecen intereses antagónicos, opuestos e irreconciliables y la democracia se convierte en algo despótica y autoritaria.

Resumiendo: el juicio político se convierte en divorcio político.

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