viernes, 6 de marzo de 2020

Deterioro del Estado de derecho

Rebelión

Por Antonio Lorca Siero

Desde sus orígenes la separación de poderes ha tenido más de mito que de realidad, si bien con los debidos adornos ha subsistido hasta la época actual. Producto ideológico de la Ilustración, que toma como referencia la tesis de Montesquieu dirigida a equilibrar políticamente las fuerzas en presencia, parecía un buen argumento a la burguesía revolucionaria para poner límites al personalismo político en interés de la institucionalización del aparato estatal. Al objeto de reforzar su valor, se ha venido hablando de poderes y no de funciones, aunque el poder general depositado en el Estado es único, y solo cabe entender sus distintas especialidades de actuación en términos funcionales, asignadas a una determinada actividad, desempeñada institucionalmente como burocracia.

Igual que ha sucedido con la democracia representativa, el capitalismo elevó la separación de poderes a la condición de dogma político y soporte del Estado de Derecho, con el exclusivo fin de controlar a la clase política. Solo cuando, debido a las circunstancias, el personalismo que siempre acecha al poder político se impone, como en el caso de los totalitarismo o las simples dictaduras, se revela su naturaleza mitológica. Entonces se observa claramente que, si bien hay separación de funciones, no así de poderes, porque el poder general depositado en el aparato diseñado para la gobernabilidad de las sociedades tiende a ser ejercido por un solo personaje, ya sea líder o grupo.

Sin llegar a radicalismos de tal naturaleza —de lo que se ocupa el empresariado global que no suceda, en su propio interés—, la actualidad política puede servir de referencia de esa tendencia a barrenar la separación de poderes, tratando de dejar intacto el Estado de Derecho para salvar la apariencia y buena parte de su legitimidad. En cuanto a la supuesta separación entre el ejecutivo y legislativo se observa que en la práctica ha pasado a ser una simple ocurrencia doctrinal, pero la cuestión ya es más compleja en lo que afecta al ámbito de lo judicial.

Aunque legalmente establecidos procedimientos sutiles para tratar de ganarse el ejecutivo la fidelidad de la judicatura, a los ejercientes del poder político surgidos de cualquier proceso electoral les es difícil, pese a la versatilidad de la ley, asegurarse totalmente el favor de la justicia. Dicen acatar las resoluciones judiciales, siempre que les sean favorables, pero no parecen tan dispuestos a hacerlo cuando les incomodan y, menos aún, si resultan radicalmente contrarias a sus intereses como practicantes del poder. A veces, haciendo uso del monopolio de la función de legislar, basta con cambiar de un plumazo la ley en que se fundamentan tales resoluciones, argumentando bagatelas, apropiadas para ser invocadas en las exposiciones de motivos, y dejar en letra muerta las resoluciones judiciales. Práctica que se ha seguido en casos extremos desde los comienzos de la andadura del Estado de Derecho. Aunque en tales supuestos se les vea las intenciones de inmediato a los promotores, el revuelo inicial acaba por enfriarse al poco tiempo echando mano de la propaganda. En otros momentos, sacar una ley de la manga para dejar sin efecto la función de juzgar es más complicado, porque romper con el mito llama demasiado la atención de la opinión pública y puede tener consecuencias indeseadas a efectos electorales.

Suele ser la prudencia una característica de todos los gobiernos que aspiran a perdurar en el tiempo, pero cuando se ven afectados por el personalismo en el ejercicio del poder es posible que la pierdan. En algunos casos quienes se la pueden hacer perder son los jueces. Si fracasan las triquiñuelas jurídicas para eludir la acción de la justicia, los personalistas no dudan en levantar el velo de la apariencia y decir abiertamente que no reconocen a la justicia, invocando argumentos infantiles como que por delante está la política, aferrándose al papel de la democracia representativa y a una supuesta voluntad popular expresada en las urnas. Pero la ley es la ley y sus intérpretes son los jueces, no cabe otra alternativa si se quieren seguir las reglas establecidas. En tales casos —que, pese a lo que cree, no son pocos ni infrecuentes y se gestan a cada paso— no solo se ve el plumero a los interfectos e interfectas, porqueel poder atrae como un imán, sino ese autoritarismo que caracteriza a quien se cree ser elite a perpetuidad por voluntad divina, olvidando que es algo temporal y sujeto a la voluntad de los electores.

Lo trascendente de tales situaciones de personalismo en el ejercicio del poder no es tanto la anécdota del personaje —que finalmente se diluirá en el olvido quedando en simple nota, a veces sin llegar a la categoría de histórica— como el daño causado a las instituciones y el revuelo que despierta entre los confiados ciudadanos de un Estado.

Institucionalmente se pone de manifiesto, cuando no el fracaso del Estado de Derecho, su deterioro sin paliativos. Todo eso de la división de poderes, más allá del debate doctrinal, descubre claramente su condición de mito y debilita a la propia política. El orden se resiente, y eso debiera preocupar a la fuerza dominante, aunque crea controlar la situación desde el mercado global y los organismos internacionales colaboradores, porque, pese a estar afectado por los intereses de las multinacionales y debilitada su soberanía por el nuevo orden mundial, el Estado-nación sigue siendo válido para guardar el orden local.

Las masas ciudadanas, aunque entretenidas con las cosas del mercado, dada la trascendencia del tema, no dejan pasar la ocasión para reflexionar sobre algo que preocupa. Le dan vueltas y no aciertan a entender que se hable continuamente de igualdad ante la ley y de Estado de Derecho, como valores políticos fundamentales, para que luego resulte que ciertas elites ocasionales abiertamente se burlen de ambos y, lo que es peor, se coloquen por encima de la justicia. 

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