miércoles, 16 de abril de 2014

Tras décadas, hombre encarcelado injustamente, continúa en búsqueda de justicia



Por Sandra Rodríguez

Cuatro años, cuatro meses, cuatro días, fue el periodo que José Raúl Panameño Portillo, estuvo privado de libertad, por falsa acusación; casi 25 años han pasado, y el Estado de Honduras, aún no se responsabiliza del error cometido por agentes de la entonces Fuerza de Seguridad Pública,  FUSEP, y la Dirección Nacional de Investigación, DNI.

Era el dos de noviembre de 1990, cuando José, originario de El Salvador, y residente en la capital hondureña, estaba en su casa y negocio personal, una pequeña imprenta, y de repente doce efectivos de la Fuerza de Seguridad Pública, FUSEP (ahora Secretaria de Seguridad) y la Dirección Nacional de Investigación, DNI (ahora Dirección Nacional de Investigación Criminal, DNIC), entre ellos Hernán Ayala y Wilfredo Ponce, entraron sin ninguna orden judicial para dicha acción, la que terminaría con su estabilidad familiar, emocional  y económica.

Desde ese día, hasta el seis de marzo de 1995, José Panameño, volvió a ver la luz de la libertad, pero iniciaría un largo camino en búsqueda de justicia, ya que estuvo en el Centro Penal de Tegucigalpa, sin haber cometido los delitos por los cuales se le acusaba.

La noticia anhelada sobre su libertad definitiva, se dio el 20 de noviembre de 1994, cuando el juez, falló absolviendo y sobreseyendo definitivamente el caso por el cual había sido acusado por los delitos de tráfico de cocaína y falsificación de billetes extranjeros en perjuicio de la población del estado de Honduras, y espero unos meses más para dejar la prisión.

Por ese acto, en 1998, se inició un proceso de acusación por  detención Ilegal y abuso de autoridad, a Manuel de Jesús Luna Gutiérrez, a quien se le señaló como Oficial de Planta de la Escuela de Comando y Estado Mayor;  Hernán Ayala y Wilfredo Ponce, agentes de la Dirección Nacional de Investigación, DNI, por suponerlos responsables de los delitos de abuso de autoridad, detención ilegal, y denuncia falsa.

A lo largo de este juicio, varios de los vecinos de Panameño, dieron testimonio de los acontecimientos de 1990, declarando que era un buen hombre, que tenía una pequeña imprenta en la que hacía tarjetas de invitación, y que la policía se lo había llevado detenido, junto a dos hombres más, uno fue desaparecido, y otro, que sólo era un cliente y al mes fue liberado.

Según el expediente de este caso, las denuncias contra el Coronel Luna Gutiérrez, fueron sobreseídas, decretándosele libertad provisional el agosto de 1999, y se procedió a aclarar que se iniciaría diligencias contra el coronel Noé Flores Velásquez quien en fecha 2 de noviembre de 1990, se desempeñaba como director de la DNI.


Y es que el Coronel Luna Gutiérrez, declaró  que el uno de marzo de 1990 asumió el puesto de jefe del departamento académico de la Escuela de Comando y Estado Mayor, hasta el 25 de mayo del 1991, y fue asignado a la Fuerza de Seguridad Pública el 1 de abril de 1991 y posteriormente el 6 de mayo de 1991 como director de la DNI, hasta diciembre de 1992.

De este modo se continuó con la búsqueda de justicia ante la privación de ilegal de José Panameño, denunciando a las autoridades de la ahora Secretaria de Seguridad, por abuso de autoridad y falso testimonio.

Y haciendo lo justo, el abogado de Panameño, en marzo de 1999, compareció, solicitando sobreseimiento definitivo a favor del coronel Manuel de Jesús Luna, argumentando haber existido una confusión al momento de la acusación.

Desaparecido

El día del allanamiento, también estaba un guatemalteco, residente en Nueva York, Jorge Miguel Hidalgo, del cual nunca se supo de su paradero, le decían “el gringo”, recuerda José Panameño, y aun después de los cuatro años en prisión, nunca olvidó a su compañero, por lo que fue varias veces a Guatemala a preguntar dónde sus parientes, y en agosto de 1995 denunció la desaparición.

Hidalgo, quien también fue capturado por los agentes policiales, no apareció en las celdas, ni en la conferencia de prensa emitida tras las capturas, en 1990, tampoco en los juzgados, por  lo que se presume fue desaparecido por las autoridades policiales  en vista que ni sus familiares en Guatemala conocen su paradero.

Su conciencia no está en paz y tiene sed de justicia

En una de sus declaraciones en 1998, Panameño expresó que su lucha en el Penitenciaria Central, fue llena de atropellos, ofensas y que a los acusados de narcotráfico (por uno de los delitos que se le inculpaba), no se les quiere dar derecho a la defensa, cuando lo tienen  permitido.

Pese a que siempre se mantuvo las pruebas de su inocencia, y legalmente no encontraban ningún impedimento para su libertad, sin embargo, Panameño no se explicaba porque seguía en prisión, a lo que se le vino un recuerdo, el de una conversación con un compañero de encierro, quien le comentó que si le dictaron auto de prisión fue para que la policía no quedara en ridículo.


“Mi conciencia no me deja en paz, pues hasta el día de hoy, me pregunto porque se ensañaron tanto en  mi persona, habiendo un muerto también en otra colonia, delito del cual también me lo imputaban”, ese hecho sucedió el mismo día del allanamiento, 2 de noviembre de 1990.

La petición de parte del afectado, es que el Estado lo indemnice por los daños causados, así mismo pidió a la Fiscalía tenga a bien investigar toda esa corrupción, por lo que él estaría dispuesto a cooperar ya que se lo exige la sed de justicia.

“Durante esos años que estuve preso, sufrí muchos daños y perjuicios morales y monetarios, pues dejé de trabajar en mi oficio de impresión, ya que mi negocio de imprenta lo tuve que deshacer, pues obligatoriamente no podía administrarlo desde la Penitenciaría Central”, declaró Panameño.

Se me manchó  mi honra y prestigio personal, pues en los medios de comunicación aparecí como un vulgar delincuente, incluso perdí el contacto con mi familia, pues a razón de mi detención mi hogar se desintegró, incluso hasta la fecha (1-6-98) no he podido vivir con el nivel de vida que antes tenía. Pues actualmente solo soy el empleado de una imprenta, cuando antes tenía mi propio negocio.

Así se procedió a reclamar administrativamente para que el Estado de Honduras a través del Ministerio de Seguridad, indemnice por daños y perjuicios contra la integridad física, síquica, moral y salarios dejados de percibir por el encarcelamiento grosero e injusto de que fue objeto Panameño.

Testigos y pruebas físicas demuestran la implicación de la policía y agentes de la entonces DNI, en la captura de José Panameño, pero se agotaron las instancias  ante  el rechazo de las peticiones por indemnización y reparación de daños, en marzo del 2009.

Cabe mencionar que el Derecho a la Reparación es un Derecho Fundamental y Humano, por lo tanto permanente e imprescriptible, según lo establece la Convención de Ginebra, que pretende hacer efectiva la responsabilidad en todo ámbito y no sólo en el penal.

Es así que no sólo se viola en este caso, los derechos humanos de un salvadoreño que desde 1962 optó por vivir en Honduras, sino que el Sistema Judicial violenta leyes y tratados  nacionales e internacionales, al no conceder la aplicación de justicia, que solicita el afectado.

Aunque ha pasado más de 23 años, de que elementos policiales capturaron por error a José Panameño, y se pasó varios años en prisión, se insiste en la aplicación de justicia, contra los responsables, ya que los derechos humanos son imprescriptibles, no se pierde por el transcurso del tiempo, independientemente si se hace uso de ellos  o no.

Es un caso en que se pasado sobre tratados y leyes internacionales, al privar de libertad, al no permitir un juicio justo, al hacer que una persona pierda su estabilidad familiar, laboral, económica y emociona.

El artículo 3 de la declaración de Universal de DDHH  establece que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, y el artículo 7 y 10 de la Convención Americana (1979), dice que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal. Y es que a José panameño, se le privó de libertad en 1990, sin los procedimientos debidos.

Era el Estado quien tenía la obligación de salvaguardar sus derechos constitucionales y fue el mismo Estado el que violó derechos humanos fundamentales, por lo que la reparación e indemnización por daños y perjuicios la debe cumplir el Estado, mediante la Secretaria de Seguridad, lo que ha llevado a alargar el juicio en que la Corte Suprema de Justicia, estableció que se le indemnizara parte de lo solicitado, solo en el caso de daños morales, a lo que la defensa de dicha Secretaría, alegó que el apelante pretende confundir el Honorable Tribunal de Alzada al manifestar que el derecho reclamado es un Derecho humano y no  un Derecho personal,  y que por tanto no le aplica la supletoriedad del código Civil.

En el año 2013, se interpuso un recurso de casación, por parte de la Secretaria de Seguridad, quien en 1990, siendo la Fuerza de Seguridad Pública, realizó un allanamiento a la casa de un extranjero, que injustamente fue acusado de narcotráfico y falsificación de dinero, privándolo de libertad hasta mayo de 1994.

José Raúl Panameño, a quien la vida le cambió totalmente, el hombre que el día de su detención además perdió a un amigo, Miguel Hidalgo, aún desaparecido, está en espera de pronta resolución de su caso, en el que busca se haga justicia y los responsables paguen según ley.   

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