jueves, 24 de abril de 2014
Defensa de Chabelo, denuncia a testigos, Fiscales y Tribunal que lleva el caso
Por Sandra Rodríguez
Con el objetivo de hacerle frente a la impunidad que opera en Honduras, se presentó el recurso de casación, con el que se está impugnando la sentencia que condena al campesino José Isabel Morales “Chabelo” a 17 años y medio de reclusión, dictada en el juicio entre enero y febrero pasado.
Morales está privado de libertad, desde octubre de 2008, acusado por el homicidio contra Carlos Manrique Sorto Castillo, sobrino del subcomisionado de la Policía Nacional Preventiva, Henry Sorto, en el marco del conflicto agrario en la región del Aguán, según la defensa, el juicio en su contra se ha caracterizado por una serie de irregularidades y violaciones al debido proceso que terminaron en una sentencia condenatoria que fue anulada por la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, quién además ordenó la repetición del juicio, en un proceso entre junio del 2010 y julio del 2012.
Según el abogado defensor, Omar Menjivar, la sentencia dictada a inicios del 2014, fue dada en un procedimiento judicial que en el Juicio Oral, no se respetaron las garantías procesales que establece la Constitución de la República y el Código Procesal Penal.
Hemos presentado la casación por violación de precepto constitucional, exactamente las disposiciones que se refieren al estado de inocencia del artículo 89 de la Constitución de la República y el derecho de defensa contemplado en el artículo 82.
Básicamente porque durante el juicio no se nos permitió controvertir la prueba de la Fiscalía, que es la prueba testifical, que fue bastante evidente que los testigos fueron a mentir, y eso no había mayor dificultad para determinarlo, porque son los mismos testigos que declararon en el juicio del 2010, aseguró el abogado.
De modo que tanto el fiscal que actuaba en el juicio como nosotros que fuimos los defensores en aquella ocasión, y en esta que se repitió el juicio, conocimos perfectamente cuál era el contenido de que eran los mismos testigos, que en juicio del 2010 ni siquiera mencionaron la implicación de Chabelo, pero en esta ocasión dicen su nombre y apellido.
El Tribunal no nos permitió demostrar que estaban mintiendo eso testigos, aun tendiendo la prueba disponible para hacerlo, que era el acta del juicio anterior.
Por eso consideramos que el Tribunal violentó el principio de contradicción que establece el Código Procesal Penal, como transversal en el proceso penal y con ellos restringió severamente el proceso de defensa y destruyó el estado de inocencia arbitrariamente y por eso hemos presentado el recurso de casación.
También va por el motivo de quebrantamiento de forma, porque las reglas que siguió el Tribunal para interpretar la prueba no son las que establece el Código Procesal Penal como método genérico de la sana crítica, por lo que violentó la regla para valorar la prueba y esa es razón para anular la sentencia.
Así que hay denuncia contra testigos por falso testimonio, acta de juicio del 2010 y del juicio de enero y febrero del 2014 y denunciamos a los miembros del tribunal y a los fiscales, comentó Menjivar.
Los testigos que han dado falso testimonio, son Henry Sorto quien aparece como ofendido, en su declaración del 2010 no le preguntamos nada, porque él dijo la verdad, dijo que no había estado presente en los hechos, por lo tanto no sabía nada, más que había tenido una comunicación telefónica con su sobrio Manrique, quien resultó muerto.
Él dijo que la comunicación había sido muy genérica, en la que el sobrino le decía que había muchas personas.
Pero en esta ocasión, hizo el agregado con el propósito de asegurar la sentencia condenatoria. Y por otro lado un testigo de la Fiscalía, es más reprochable, pues en el caso de Henry Sorto, hay un grado de comprensión, ya que en esos hechos, perdió a su padre, sobrino, otros parientes y empleados.
Si es severamente reprochable que un agente de investigación, que se supone debe hacer trabajos ecuánimes, profesionales y objetivas, se trata del agente Oscar Geovanny Lobo, que estuvo a cargo de las únicas investigaciones y que sólo duró dos días, en un hecho tan complejo, donde una multiplicidad de personas fueron participes de ese hecho.
Este agente, implicó la participación de José Isabel Morales, proponiendo como medio de prueba, un reconocimiento fotográfico, realizado con el único sobreviviente de los hechos, un menor de edad, que dijo que Chabelo, quien aparecía en una nota de prensa en un periódico, fue el hombre que quitó los tapones de los botes llenos de combustibles para producir el incendio en la casa de Henry Sorto, en la comunidad Guadalupe Carney.
Ahora dice que, conversando con el testigo, mientras estaba en el hospital, José Isabel Morales, había participado en la muerte de su pariente, entonces ahí va agregando el elemento que va afianzando la posibilidad de la sentencia condenatoria.
Y en esa misma línea declaró el sobreviviente, que está en calidad de testigo protegido.
En 2010, dijo que Chabelo disparó a Manrique, y que el otro acusado, Carlos Maradiaga, había macheteado a Manrique, pero esta vez dijo que Chabelo fue quien disparó, macheteó a Manrique, le disparó a él, dio la orden de matar a todas las personas, prender fuego y saquear la casa, atribuyó todos los hechos a Morales.
Estos cambios en los testimonios, no los pudo haber hecho los testigos por si solos, sino por la inducción del fiscal Reynaldo Canales que es el interesado en tener una sentencia condenatoria.
El expediente del caso de José Isabel Morales, es muy grueso, donde se encuentra habeas corpus, recusación y denuncias contra el Tribunal compuesto por Jesi Paulita Vetura, Henry Geovany Duarte, Danilo López Fuentes, Ricardo Geovany Rodríguez, Fredy Cenen Caballero, Carol Jaqueline Ortega y Luis Alberto Juárez.
Además, contra los magistrados de la Corte de Apelaciones de la sección judicial del La Ceiba, Dilia Iracema Guillén, Garin Enoc Urquía y Rubenia Esperanza Galeano, pues ha incurrido en violación a los deberes de los funcionarios.
También encontramos en su expediente, petición de investigaciones, de revisión de medidas, denuncia por prevaricato” entre otras, y seguirá documentándose, mientras se fija la sentencia firme, y se presente un recurso de casación, esperando que se anule la sentencia de 17.5 años contra Chabelo, quien lleva más de 5 años en prisión preventiva, violentando el Código Penal, que establece un máximo de 2 años.
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