sábado, 16 de mayo de 2020

Bajo presión Congreso Nacional aprobará Vacatio Legis de Nuevo Código Penal



Debido a los fuertes cuestionamientos de diversas organizaciones sociales por la puesta en vigencia del nuevo Código Penal en plena emergencia por la pandemia del COVID19, el presidente del Congreso Nacional convocó en las últimas horas a una sesión de urgencia para discutir un decreto de ampliación de la Vacatio Legis del nuevo Código Penal hasta el 25 de junio de 2020.

Radio Progreso tuvo acceso al proyecto del decreto que se aprobará y lo pone a su disposición

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLE CONGRESO NACIONAL:

Mediante Decreto No. 130-2017 del 18 de enero de 2018, se aprobó el nuevo Código Penal, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 10 de mayo del 2019, derogando de este modo el Código Penal contenido en el Decreto 144-83 de fecha 23 de agosto de 1983, tomando como una de las consideraciones que en los últimos treinta (30) años se han evidenciado alteraciones en la conducta social, específicamente en la conducta delictiva que son atribuibles, entre otros factores, al desarrollo de la actividad de intercambio comercial y cultural a nivel mundial, el dominio de tecnologías avanzadas particularmente las relativas a la informática y las telecomunicaciones, dando lugar al aparecimiento de nuevas figuras delictivas.

En su Artículo 635, el nuevo Código Penal señala el tiempo para la Vacatio Legis que sería de 6 meses, sin embargo dicho periodo se amplió con el propósito de que el Sistema de Administración de Justicia Penal, pudiera introducir los mecanismos de capacitación y difusión de esta normativa jurídico penal en todo el territorio nacional, y para que los operadores de justicia conocieran a profundidad esta herramienta jurídica, en consecuencia y habiendo escuchado la opinión de la Corte Suprema se determinó mediante Decreto No. 119-2019 ampliar la Vacatio Legis hasta el 10 de mayo de 2020, fecha que esta próxima.

Actualmente, Honduras enfrenta un gran reto como lo es la pandemia del Virus del COVID-19 y los escenarios que se preveían hace seis meses han cambiado, la emergencia decretada por el Gobierno de la República ha dificultado una adecuada capacitación y socialización del nuevo Código Penal, por lo tanto se hace necesario otorgar una segunda ampliación de la Vacatio Legis por cuarenta y cinco días más (45) con la finalidad de que se consolide el proceso de actualización, capacitación y socialización del mismo. Durante periodo, el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras instituciones vinculadas al área penal deben hacer las adecuaciones necesarias en sus programas de formación, para una adecuada capacitación y socialización del nuevo Código Penal, haciendo uso inclusive de las herramientas digitales de comunicación bidireccional.

En consecuencia, de lo anteriormente expuesto comparezco ante ustedes Honorables compañeros de cámara, a presentar el siguiente Proyecto de Decreto.

Tegucigalpa, M.D.C. a los días del mes de de 2020.

José Tomás Zambrano
DIPUTADO POR EL DEPARTAMENTO DE VALLE
DECRETO No.
EL CONGRESO NACIONAL:

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 130-2017, de 18 de enero del año 2018, se aprobó el nuevo Código Penal, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 10 de mayo del 2019, derogando de este modo el Código Penal contenido en el Decreto 144-83, de fecha 23 de agosto de 1983. Dando un periodo de seis meses a la Vacatio Legis para que este fuera ampliamente socializado.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 119-2019 el Congreso Nacional determino ampliar la Vacatio Legis, del Decreto No. 130-2017, hasta el 10 de mayo de 2020, en respuesta de la solicitud de la Corte Suprema de Justicia, sin embargo, dado el actual escenario de la pandemia producto del virus del COVID-19, no sido posible una adecuada capacitación y socialización de esta nueva normativa.

CONSIDERANDO: Que debido a los decretos de suspensión de garantías decretados por el Poder Ejecutivo, y ratificados por este Poder del Estado a causa del COVID-19, se han dificultado los procesos de capacitación iniciados por los operadores de justicia, por lo que se hace necesario ampliar por un periodo de cuarenta y cinco (45) días más la Vacatio legis, con la finalidad de que una el Sistema de Administración de Justicia Penal prosiga con los procesos de capacitación y difusión de la normativa jurídico penal en todo el territorio nacional, que les permita combatir eficazmente la violencia y el delito. Durante dicho periodo, las instituciones deben adaptar sus programas de formación, tanto a la nueva normativa, como a la realidad actual, haciendo uso incluso, de las herramientas digitales de comunicación bidireccional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205 numeral 1 de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional la atribución de crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

POR TANTO,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Reformar el Artículo635 del CÓDIGO PENAL contenido en Decreto No.130-2017, de fecha 18 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 10 de mayo de 2019, edición número No.34,940, reformado mediante Decreto No. 119-2019, de fecha cuatro de noviembre del año dos mil diecinueve, el que debe leerse de la forma siguiente:

“ARTÍCULO 635.- VIGENCIA. El presente Código entrará en vigencia a partir del 25 de junio del año 2020”.

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los _____ días del mes de_____ de dos mil veinte.

MAURICIO OLIVA HERRERA

PRESIDENTE
JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO

SECRETARIO

SALVADOR VALERIANO PINEDO

SECRETARIO

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