jueves, 18 de febrero de 2021

Cuestiones elementales sobre la muerte de Keyla Patricia Martínez bajo custodia policial


Radio Progreso

Por Joaquín A. Mejía Rivera

Si una persona es detenida por cualquiera de las fuerzas de seguridad del Estado, en ese caso, la Policía Nacional, dicha persona queda bajo su custodia y se produce una RELACIÓN DE SUJECIÓN ESPECIAL.

En el caso concreto de Keyla, esto tiene 3 implicaciones:

  1. La Policía ejercía un fuerte control y dominio sobre ella.
  2. Keyla se encontró restringida para ejercer sus derechos y satisfacer sus necesidades libremente.
  3. La Policía asumió una posición de garante de los derechos a la vida e integridad personal de Keyla.

En consecuencia, todo lo que le pasó a Keyla es responsabilidad de la Policía Nacional y debe iniciarse una investigación imparcial y efectiva para determinar las responsabilidades individuales e institucionales.

A la luz de los estándares internacionales de derechos humanos, tal investigación debe cumplir con los siguientes principios generales para asegurar un efectivo acceso a la justicia:

  1. Oficiosidad: Se debe iniciar de oficio una investigación seria y efectiva de los hechos, especialmente cuando están involucrados agentes policiales.
  2. Oportunidad: Debe iniciarse de manera inmediata, ser llevada a cabo en un plazo razonable y ser propositiva. En este sentido, debe ser oportuna e iniciarse inmediatamente para impedir la pérdida de pruebas que pueden resultar fundamentales con miras a determinar las respectivas responsabilidades.
  3. Competencia: Debe realizarse de manera rigurosa por profesionales competentes y utilizando procedimientos apropiados.
  4. Independencia e imparcialidad: Es clave para resguardar la investigación de la contaminación o alteración de la prueba que puedan realizar los posibles perpetradores, sobre todo cuando son agentes policiales.
  5. Exhaustividad: Debe realizarse por todos los medios legales disponibles para esclarecer la verdad de los hechos y castigar a todas las personas responsables. En este sentido, no debe descartarse la realización de ninguna de las pruebas necesarias, como la autopsia.
  6. Participación de las víctimas y sus familiares: Debe desarrollarse garantizando el respeto y participación de las víctimas y sus familiares en todas las etapas del proceso.

Teniendo en cuenta los antecedentes de la Policía Nacional como una institución seriamente señalada por su vinculación con el crimen organizado y responsable de graves violaciones a derechos humanos, la sociedad debemos continuar la presión articulada para que se conozcan las circunstancias que rodearon el asesinato de Keyla y quiénes son todos sus responsables materiales, intelectuales, cómplices y encubridores, pues como lo señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esto “es esencial para el combate a la impunidad, y se encuentra ineluctablemente ligado a la propia realización de la justicia, y a la garantía de no repetición”.


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