miércoles, 29 de abril de 2015

El fallo que abre la posibilidad de reelección presidencial es "Crónica de una dictadura anunciada"



El anuncio o fallo a favor de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre los recursos de inaplicabilidad del artículo 239 de la Constitución de la República, referente a la prohibición de la reelección presidencial, interpuestos por 15 diputados del Partido Nacional y el ex presidente Rafael Leonardo Callejas, no es algo para sorprenderse, es, más bien, algo parecido a una “crónica de una dictadura anunciada”, aseguran algunos diputados de los llamados partidos de oposición.

“Las acciones de los magistrados del poder judicial, que son dictadas desde la presidencia, provocan inseguridad jurídica, violación al sistema democrático y el camino a una dictadura del siglo XXI, dice el diputado del Partido Anticorrupción –PAC-, Luis Redondo.

“Como Partido Anticorrupción no estamos de acuerdo con la reelección por muchas razones: uno, es en contra de la ley, vamos a respetar la Constitución; y  dos, quién de los que ha sido presidente de Honduras tuvo la capacidad demostrada para poder ser reelecto, es más, todos le deben demasiado a este país; además, porque no podría haber otro nacionalista que tenga la capacidad”.

Los detalles del fallo siguen sin conocerse. El portavoz del Poder Judicial, Melvin Duarte, dijo la noche del miércoles que la Sala de lo Constitucional notificaría la sentencia la tarde del jueves 23 de abril; hasta este momento sólo se discute alrededor de las informaciones “infiltradas” a los medios corporativos de comunicación.

Los 15 congresistas del oficialista Partido Nacional en su recurso piden derogar el segundo párrafo del artículo 239 que manda inhabilitar de sus cargos a los funcionarios que promuevan la reelección presidencial; mientras que el interpuesto por el nacionalista y ex presidente de Honduras, Rafael Leonado Callejas, solicita la inaplicabilidad del mismo artículo, para que así se abra paso a la reelección del ciudadano que ya haya ejercido la titularidad en el Poder Ejecutivo.

Para el abogado y diputado del Partido Libertad y Refundación –LibRe-, Rasel Tomé, la propuesta de reelección presidencial “no es un proyecto que favorece al pueblo”. “Si esto tuviera fundamentos en el proyecto popular, la consulta hubiera sido para una asamblea nacional constituyente en la que se desarrolle una reforma agraria integral, una revolución educativa y agroforestal, la justicia, entre otros temas”, manifestó Tomé.

El congresista agrega que el actual gobierno “cada vez está haciendo más actos criminales para recuperar el bipartidismo, y el camino de la reelección, que han establecido en esta sentencia, tiene como proyecto revitalizar el bipartidismo”.

Sin embargo, Héctor Padilla, diputado de la bancada independiente del hemiciclo legislativo, declara que, desde su punto de vista, el fallo que ha emitido la Sala de lo Constitucional ha sido correcto: “la reelección no debe de ser un tema tabú, la reelección es un tema que hace muchos días se viene hablando, pero a estas alturas debemos tomarlo con altura, yo creo que el criterio de la corte ha sido una decisión unánime”.

El fallo aún no está firme

El magistrado José Elmer Lizardo, la mañana del jueves 23 de abril, presentó una nota a la secretaría de la Sala de lo Constitucional, en la que solicita retirar su firma del fallo "por no estar de acuerdo con el contenido del mismo y en razón de ellos emitiré un voto disidente, por lo que de acuerdo al Artículo 316 de la Constitución de la República lo hace no haber unanimidad en la Sala".

De acuerdo a lo expuesto en la nota enviada al secretario de la sala, Carlos Almendares, “en virtud de no estar notificados los apoderados legales de los recurrentes, por no estar el expediente en su poder y no haber refrendado el mismo por esa Secretaría a esta hora 8:40 am, hace que el fallo no esté firme”.

Tomás Zambrano, integrante del grupo de 15 diputados que presentaron el recurso de inaplicabilidad o despenalización, comenta que no existe “ningún asidero jurídico” para que el magistrado Lizardo retire su firma de la sentencia: “ la Ley de Justicia Constitucional en su artículo seis establece un principio que se llama la inmutabilidad de la sentencia, que eso se denomina cuando se ha emitido una resolución por los órganos jurisdiccionales y estos han firmado, no existe ninguna forma de modificarse o cambiar por este tipo de declaraciones”.

Por su parte, Yuri Sabas, diputado de la bancada del Partido Liberal, quien a su criterio el tema de la reelección solo servirá para “desunir a las familias hondureñas”, dice que los diputados nacionalistas no tienen la competencia para decir si se acepta la firma de un magistrado o no. 

“Es cierto que el artículo seis de la Ley Constitucional no permite modificar un fallo cuando está firme; este fallo no ha sido presentado a las partes interesadas, tampoco ha sido presentado al Congreso Nacional. El fallo no está firme, el magistrado está diciendo de manera clara que por los cambios que recibió el fallo él no puede seguir apoyando esto y es una firma disidente”, explicó Sabas.

Callejas y su Monarca

A menos de 24 horas de haberse “infiltrado” el contenido del fallo emitido por la Sala de lo Constitucional, el expresidente Callejas, a quien se le otorgaron alrededor de 12 cartas de libertad después de habérsele vinculado directamente a los casos de corrupción denominados “El Petrolazo”, “Ciudad Mateo” y “El Chinazo”, se reunió con las bases del Movimiento Nacional Callejista –MONARCA-, para reactivar sus actividades proselitistas al estilo de su campaña electoral de 1989 que lo llevó al poder desde enero de 1990 a enero de 1994.

“La historia ha sido justa con el Partido Nacional y con el Movimiento Nacional Callejista, nos ha mantenido vigente y nos ha permitido ganar dos elecciones consecutivas y vamos por el tercera en democracia”, dijo el expresidente, a quien el gobierno de los Estados Unidos le canceló su visa por estar vinculado a dichos casos de corrupción durante su administración.

Estado de derecho en coma

Diversos analistas aseguran que el debate no debe ser en si es un derecho o no la reelección presidencial, en si es o no lo correcto. El juez de sentencia, abogado constitucionalista Ramón Barrios aseguró en Zona Informativa, que lo que se debe cuestionar es el procedimiento con el que se abrió a puerta a la reelección presidencial y el contexto político y social actual en el país.

Barrios asegura que con este fallo de la CSJ, el estado de derecho de Honduras ha caído en un coma profunda. 

“Lo poco que quedaba del estado de derecho ha entrado en coma. Uno de los elementos del estado de derecho es el imperio de la constitución y hoy se ha dado una puñalada a la Constitución de la República. Otro de los elementos del estado de derecho es la separación de poderes, pero en Honduras hace días no hay separación de poderes. En la administración del señor Lobo se dirigía al país desde el Poder Legislativo, el presidente actual, siendo presidente del Congreso Nacional destituyó a la Sala de lo Constitucional sin tener esa facultad, se dio un golpe de estado desde el Congreso Nacional que dirigía el presidente Hernández en ese momento, ese es el origen de esta sala constitucional. Ya estando en la titularidad del Poder Ejecutivo, desde donde se tiene el poder de toda la institucionalidad del país, nuevamente esta sala constitucional que responde a los intereses del presidente Hernández y de la cúpula política que dirige el país, deja sin aplicación el artículo 239, abriendo la puerta para que haya reelección. El estado de derecho ha entrado en un coma profunda en Honduras”, lamentó el juez miembro de la Asociación de Jueces por la Democracia en Honduras.

En 2009 Honduras vivió un golpe de Estado que la sumió en una crisis política profunda, de la que hoy deriva una forma de gobierno dictatorial, según Barrios. 

“A lo largo de estos dos años de gobierno, hemos tenido una oposición pusilánime, hemos visto cómo desde el Poder Ejecutivo, de manera dictatorial, se está gobernando el país, hemos visto como del Poder Legislativo, de forma dictatorial, se legisla en el país y desde el Poder Judicial de forma dictatorial se cercena la Constitución de la República”, expresó.

El togado explicó que en derecho, las cosas se deshacen como se hacen. Si modernamente la reelección es un derecho, la constitución se puede cambiar o crear una nueva convocando al poder originario, la Asamblea Nacional Constituyente y convocando al soberano pueblo a decir si está de acuerdo o no.

“Mi criterio como constitucionalista es que la Constitución de la República en 1981 fue el poder originario, el constituyente que decidió que no habría reelección en Honduras, eso quedó amarrado con un candado llamado artículo pétreo. Eso significa que ni el Poder Legislativo, Ejecutivo o Judicial pueden cambiar eso, solamente quien tiene la llave es el único que puede reformarlo y ese es el poder constituyente. Por lo tanto, la Sala de lo Constitucional, el Poder Judicial, han violado la Constitución de la República, han cometido  delito de traición a la patria”, dijo Barrios.  

Para este constitucionalista, la esperanza no está en la llamada oposición política, la esperanza está en la ciudadanía con voluntad de revertir la dictadura constitucional que está instaurada en el país, sin embargo Barrios dice que con este tipo de decisiones de un poder derivado, la ciudadanía está encarcelada. 

Si en 2009, Honduras quedó ante la comunidad internacional como un país violador de la leyes y los derechos humanos, retrógrado capaz de sacar al presidente a balazos del país y cometer el primer golpe de estado en la región en pleno siglo XXI, con este nuevo golpe, según Barrios, Honduras deja claramente que está en las sendas hacia un estado fallido. 

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