Defensores en Línea
Por Marc Allas
Durante la “audiencia virtual”, convocada el miércoles 2 de septiembre de 2020, por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para abordar los avances en el “Acuerdo de Solución Amistosa” en el caso Dixie Miguel Urbina Rosales versus el Estado de Honduras, se conoció que el estado deberá cumplir dos aspectos, que son vitales para homologar el acuerdo y que parten de dos exigencias del Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), como representante de las víctimas y peticionaria ante el Sistema Interamericano.
La primera recomendación incumplida por parte del Estado de Honduras es la creación de un Registro Nacional de Detenidos ajustado al estándar internacional, y la segunda, presentar un informe exhaustivo sobre la investigación que permita identificar y sancionar a los responsables de las graves violaciones de derechos humanos cometidas por agentes del estado de Honduras en contra de Dixie Miguel Urbina Rosales.
En la “audiencia virtual” participaron: El Comisionado Joel Hernández, que presidió la audiencia y Erika Montero, especialista en Derechos Humanos y Coordinadora de la sección de Soluciones Amistosas de la CIDH.
Por parte del Estado comparecieron: La Procuradora General de la República (PGR), Estela Cardona, el Director Nacional de Derechos Humanos y Litigios Internacionales, Nelson Molina y Sagrario Prudott de la Secretaría de Seguridad.
Y en representación de la víctima y sus familiares, la Coordinadora General del COFADEH, Bertha Oliva, y las procuradoras de derechos humanos: Lorena Rubí, Dora Oliva y Mery Agurcia.
Bertha Oliva resaltó que esa falta de cumplimiento del estado respecto a establecer un Registro Nacional de Detenidos, no sólo se aplica al Acuerdo de Solución Amistosa del caso Dixie Miguel, sino a sentencias contra Honduras, como en el caso de Juan Humberto Sánchez.
Oliva dijo que es necesario que el estado de Honduras cumpla con dicho requerimiento, “ya que es muy preocupante que en estos momentos, son varias las unidades del estado, creo que son 7, que detienen a las personas a nivel nacional y eso dificulta la labor de los y las defensoras de derechos humanos y de los familiares; de conocer qué unidad es la que ha detenido a su pariente”.
La Coordinadora del COFADEH señaló que el propósito de contar con un Registro de Detenciones, es “ir localizando quiénes son las personas detenidas, pero más que eso, conocer quiénes son los autores que cometen estos delitos; porque hoy en día, durante la pandemia, se han agudizado las detenciones ilegales y eso pasa también hacia las ejecuciones arbitrarias, y pero aún, a las desapariciones forzadas”.
Si tuviésemos ese registro operando en todo el país, a estas alturas, no estuviéramos sin conocer sobre el paradero de 12 personas que en el marco del covid19 son desaparecidas, entre ellas los garífunas, que imagino que esta ilustre Comisión conoce qué es lo que ha pasado, comentó Oliva.
“No pretendemos enfrentar al estado, nosotras lo que pretendemos es que el estado reaccione ante las violaciones de derechos humanos, ante las desapariciones forzadas, ya que es muy fuerte la deuda que hay, y luego construir para que los hechos no se repitan”, sostuvo la reconocida defensora de derechos humanos.
En su intervención, el Director Nacional de Derechos Humanos y Litigios Internacionales de la Procuraduría General de la República, Nelson Molina expuso ante la CIDH, que en lo relativo a la implementación del Registro Nacional de Detenidos, “es oportuno actualizar a la ilustre Comisión Interamericana y representantes, que en el año en curso (2020) se solicitó cooperación al gobierno de la República de México, en la revisión y formulación del Registro Nacional de Detenciones en Honduras”.
Molina informó que el pasado 22 de julio de 2020, el Estado hizo la presentación de manera formal del proyecto de cooperación, que está en evaluación de la Agencia Mexicana de Cooperación.
El funcionario detalló que el objetivo del proyecto es implementar el Registro Nacional de Detenciones en Honduras, con carácter vinculante para las instituciones responsables de realizar la identificación de las personas detenidas, el motivo de la detención, la autoridad competente, el día y hora de ingreso y liberación; así como la información de orden de detención.
En torno a las medidas de atención médica y psicológica para los familiares de la víctima, el estado de Honduras informó que continuará contactando a los parientes para reanudar las atenciones en el Hospital San Felipe.
En relación a la investigación de los hechos, (que ha sido una demanda permanente del COFADEH ante el organismo continental), el estado de Honduras expresó que cuenta con información actualizada que ha sido proporcionada por la Fiscalía de Derechos Humanos, en la que se detalla que “ha presentado un detalle de las diligencias realizadas referentes a solicitudes de órdenes de captura, solicitudes a Medicina Forense, movimientos migratorios, solicitudes de certificados de nacimiento, patrones dactilográficos e información de los agentes del estado involucrados en el caso.
En relación a la falta de cumplimiento de los acuerdos contraídos por el estado, la procuradora de derechos humanos del COFADEH, Mery Agurcia, expuso que “hasta ahora no hemos recibido ninguna notificación del estado en relación al Registro Nacional de Detenidos, pero sí, nos gustaría participar de ese proceso y tener un calendario preciso de cuándo se comenzaría este proceso; considerando que actualmente en el estado de Honduras, hay diferentes agencias que están deteniendo personas”.
Agurcia indicó que en ese sentido, se necesita saber hacia dónde son trasladadas las personas detenidas, porque muchas veces transcurren más de 12 horas, sin que se conozca el paradero de los detenidos por parte de las agencias del estado.
Considerando que en éstos estos momentos está vigente la suspensión de garantías constitucionales, producto de la pandemia de covid19, “ahora más que nunca este registro tecnológico es necesario”, precisó Agurcia.
La procuradora de derechos humanos apuntó que con respecto a las investigaciones, “yo podría asegurar que estamos casi en 1995, o sea no hay avances sustanciales. Nosotras aspiraríamos y reiteramos nuestra petición de septiembre de 2019, que el estado nombre un fiscal especial para darle seguimiento a las investigaciones”.
El COFADEH demandó que el Registro Nacional de Detenidos sea un proceso homologado en todo el territorio hondureño, con acceso incondicional para las organizaciones defensoras de derechos humanos y familiares de las víctimas de detención.
En los comentarios finales, la Coordinadora General del COFADEH, Bertha Oliva, señaló que tanto el Registro Nacional de Detenidos como la investigación sobre el “caso Dixie Miguel”, constituyen aspectos que aún el estado de Honduras, no ha dado cumplimiento.
El 17 de noviembre de 1995, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibió la denuncia presentada por el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH) por la desaparición de Dixie Miguel Urbina Rosales.
La organización peticionaria alegó, que en los hechos denunciados se configuraron varias violaciones a los derechos humanos enmarcadas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por ejemplo el derecho a la vida (artículo 4), integridad física (artículo 5), garantías judiciales (artículo 8) y protección judicial (artículo 25).
Los hechos señalan que el 22 de octubre de 1995 una patrulla de la Fuerza de Seguridad Pública (FUSEP) detuvo a Abelardo Acosta Jiménez y a Dixie Urbina Rosales en la barbería “Charly” de Comayagüela, llevándolos a la Posta del barrio La Granja en Tegucigalpa.
Como Dixie portaba una partida de nacimiento a nombre de Ramón Antonio Ortega Vázquez, su detención se registró con ese nombre. Por su parte Abelardo Acosta Jiménez fue puesto en libertad el mismo día, pero Dixie Miguel permaneció detenido y fue trasladado al Séptimo Batallón de la FUSEP.
El 23 de octubre de 1995, en horas de la mañana, Dixie Miguel fue sacado de la celda número 3, donde permanecía detenido junto con otras personas, y nunca se le volvió a ver. Y hasta ahora, continúa “desaparecido”.
El Estado hondureño señaló que Dixie Miguel Urbina Rosales fue efectivamente detenido el 22 de octubre de 1995 por agentes de la Fuerza de Seguridad Pública, quienes lo condujeron primero, a la Base del Tercer Escuadrón Policial y luego al Séptimo Comando Regional (CORE 7) de Tegucigalpa, habiendo sido liberado al día siguiente, conforme consta en los registros de dicho comando.
Todas las diligencias practicadas en esta desaparición, tales como denuncias y recursos de “Hábeas Corpus”, practicadas por los familiares de Dixie Miguel como por el COFADEH, no tuvieron ningún resultado.
Tras estudiar los antecedentes de hecho y de derecho a su alcance, la CIDH resolvió declarar el caso “admisible” el 11 de enero de 1996.
El 9 de octubre de 2002, y de acuerdo con el informe número 46/02 de la CIDH, se estableció la “admisibilidad” del caso Dixie Miguel Urbina Rosales, versus el Estado de Honduras, de acuerdo con la petición número 11,562.
En 2017, durante el 161 Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Procuraduría General de la República de Honduras, suscribió un “Acuerdo de Solución Amistosa” en el caso 11.562 de Dixie Miguel Urbina Rosales.
En aquella oportunidad, firmó el documento en calidad de testigo de honor, el Comisionado de la CIDH, James Cavallaro.
Al término de la audiencia virtual y dirigiendo a la representación del estado de Honduras, el Comisionado Joel Hernández, manifestó que es necesario conocer sobre el estado de las investigaciones y, si se ha nombrado, un fiscal especial para este caso.
“Nos gustaría, de ser ésta la situación, tener un informe sobre las gestiones que ha realizado la fiscalía para cumplimiento de esta obligación de investigación”, precisó el Comisionado.
En respuesta, Nelson Molina, sostuvo que “no existe ningún fiscal que esté matriculado con determinado caso, entonces, respondiendo a su pregunta, no existe el nombramiento de un fiscal especial en el presente caso”.
Sin embargo, la Procuraduría General de la República (PGR) se comprometió en enviar el informe de la Fiscalía de Derechos Humanos sobre las investigaciones.
Por otra parte, la PGR informó que en el marco del cumplimiento de la reparación económica, se entregaron los cheques a los beneficiarios en noviembre de 2017 y octubre de 2018.
Es así que COFADEH dio por cumplidos tanto el daño moral como el daño material, costas y gastos, así como la difusión del reconocimiento público de responsabilidades.
Finalmente el Comisionado Joel Hernández expresó que la CIDH espera recibir a la brevedad el informe del cumplimiento del proyecto Registro Nacional de Detenidos anunciado por el estado, así como los detalles de los avances realizados en materia de investigación del caso.
Hernández instó al estado hondureño a continuar atendiendo tanto médica como psicológicamente, a los familiares de la víctima y requirió información de los avances al respecto.
El comisionado resaltó que el caso Dixie Miguel Urbina Rosales ya lleva varios años en la cartera de “soluciones amistosas de la CIDH” , que inició en 2014 después de haberse admitido en 1999, por lo que es un caso bastante “añejo” y nosotros tenemos el compromiso de impulsar acuerdos de solución amistosa.
Hernández calificó que el caso tiene viabilidad de avanzar, por las medidas ya cumplidas, aunque están pendientes algunas de ellas, pero me parece que existen todos los elementos para lograr un acuerdo, explicó.
“El caso está listo para ir a la etapa de homologación, lo que significa hacer público el acuerdo al que se ha llegado, y entrar a una fase de seguimiento, que implica que las materias pendientes de cumplimiento, son materias de tracto sucesivo, son de implementación gradual”, explicó el experto.
Y añadió que una vez que se hace la homologación, entonces la CIDH entra a la etapa de supervisión de esas materias, y significa que se cierra el caso.
Por último las partes acordaron un cronograma de reuniones para intercambio de información.
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