miércoles, 29 de febrero de 2012
Ciudades modelo son inconstitucionales
Ha trascendido que el Ministerio Público ha dictaminado que las Redes Especiales de Desarrollo (RED) o Ciudades Modelo, creadas por decreto legislativo, son inconstitucionales porque cambian la forma de gobierno y atentan contra la soberanía del Estado de Honduras.
El dictamen del Ministerio Público, emitido el 25 de enero de 2012, fue remitido a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que lo solicitó para tener un criterio ilustrativo útil a la emisión del fallo sobre un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por un grupo de abogados en noviembre de 2011.
El comentario editorial de TIEMPO, el Diario de Honduras, “Ciudades Modelo”, publicado el 30 de julio de 2011, cuya parte medular reproducimos a continuación, coincide plenamente con el dictamen del Ministerio Público de referencia:
“El congreso nacional aprobó la Ley del Estatuto Constitucional de las Regiones Especiales de Desarrollo (RED) y, al hacerlo, ha cambiado la forma de gobierno del Estado de Honduras.
“El significado de esta decisión, que va mucho más allá de lo que corresponde a una asamblea legislativa ordinaria, es, prácticamente, el desconocimiento de la Constitución de la República, ya que se convierte al territorio hondureño y a la soberanía nacional en sujetos proclives de subasta internacional.
“Por el hecho de existir la figura del plebiscito en la legislación hondureña, este caso debió, por lo menos, haber sido sometido a la consulta directa popular, dada la trascendencia para la vida de la nación y el destino de nuestro país. Al ignorar, deliberadamente, ese procedimiento, el congreso nacional se ha arrogado competencias de asamblea nacional constituyente.
“La Constitución de la República de Honduras establece, en su artículo 2, que “la soberanía corresponde al pueblo” y “la suplantación de la soberanía popular” es traición a la Patria, o sea que “la responsabilidad en estos casos es imprescriptible”. El hecho de haber obviado el plebiscito puede interpretarse, en este caso, como una extralimitación, máxime cuando esa ley de la RED es de naturaleza constitutiva.
“El artículo 13 de la Constitución dice, en relación con la soberanía y la jurisdicción sobre el territorio nacional, el espacio aéreo y el subsuelo, que “el dominio del Estado es inalienable e imprescriptible”. La violación de estos mandatos constituye delito de traición a la patria. La mayoría de los diputados, ante la duda de lo que hacían, justificaron su acción con el argumento de que “era mejor arriesgarse a hacer algo, que no hacer nada”.
“Esa Ley del Estatuto Constitucional de las RED da a los enclaves que se establezcan en Honduras más prerrogativas y dominio que al enclave bananero del siglo pasado, por el que nuestro país pasó a ser paradigma de “República Bananera”. Ahí no hay jurisdicción del Poder Judicial: los jueces serán nombrados por el congreso nacional, a propuesta de los dueños del enclave.
“Las “ciudades modelo” serán territorios autónomos, con su propio fuero jurisdiccional, con sistemas administrativos propios, casi a perpetuidad porque su duración será de 99 años prorrogables. Como estados virtuales, podrán firmar convenios y tratados internacionales de comercio y otras materias, aunque, para taparle el ojo al macho, requerirán la ratificación del congreso nacional.
“Asimismo, controlarán la navegación marítima y aérea, el manejo de los puertos, aeropuertos en los territorios de su jurisdicción, y podrán establecer su propio régimen tributario, con sus propios impuestos y tasas. El artículo 12 de la Constitución insiste en que “El Estado ejerce soberanía y jurisdicción en el espacio aéreo y en el subsuelo de su territorio…”
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1 comentario:
Es urgente arreciar una campaña nacional, para educar al pueblo sobre éste gran peligro de perder Honduras, coordinar demandas a los traidores de la patria, marchas, para bloquear y enterrar hasta el último intento de estos sucios mercaderes .
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