sábado, 2 de enero de 2021

Arbitrariedad en la elección de la nueva titular de la CONADEH


Radio Progreso

Por Joaquín A. Mejía Rivera

De una autocracia solo puede esperarse una “elección” autoritaria

El día 21 de este mes nos sorprendió la noticia de que la mafia del Partido Nacional y sus cómplices en el Congreso Nacional, impusieron a Blanca Sarahi Izaguirre Lozano como titular del Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH) en sustitución de Roberto Herrera Cáceres.

La forma en que se realizó esta acción refleja al menos tres cuestiones: primero, es un retroceso gravísimo a lo poco que se había logrado en cuanto al desarrollo de audiencias públicas cuando se trata de elegir a las altas magistraturas del Estado. En este caso, la señora Izaguirre no fue sometida a ningún proceso de evaluación con el fin de valorar si su perfil es mejor que el de la decena de candidaturas que se presentó ante la secretaría general del Congreso Nacional antes del confinamiento.

Segundo, se violentaron las más mínimas normas parlamentarias al negarle a los diputados y diputadas de oposición la oportunidad de que conocieran la agenda legislativa de ese día y el currículo y los méritos de la señora Izaguirre, así como el espacio para que pudieran plantear sus argumentos en contra un procedimiento viciado de principio a fin.

Y, tercero, esta acción antidemocrática es una prueba más del carácter autoritario del régimen de Juan Orlando Hernández y de su obsesión por continuar controlando toda la institucionalidad. Como bien lo señala el informe preparado por el Servicio de Investigaciones del Congreso de Estados Unidos -“Honduras: antecedentes y relaciones con Estados Unidos”-, el Partido Nacional ha logrado consolidar su influencia sobre las instituciones públicas, y erosionar efectivamente los controles y contrapesos.

Además, este informe señala que el Poder Ejecutivo es el que en la práctica impulsa la agenda del Congreso Nacional y que el Poder Judicial está sometido a intimidaciones, corrupción y politización. Por ello, no duda en calificar al régimen hondureño como una “autocracia electoral”, es decir, un sistema de gobierno que concentra el poder en una sola persona, cuyas acciones no están sometidas a ningún tipo de control.

Las principales figuras de autocracia son la monarquía absoluta, como existe en Arabia Saudí, Catar, Omán o Emiratos Árabes Unidos, y la dictadura, como existe en Honduras, ya que, uno de los elementos fundamentales que distingue a un sistema democrático de un sistema autoritario es la legitimidad, es decir, el consentimiento y convencimiento de la ciudadanía de que el régimen bajo el cual está siendo gobernada es legítimo.

Como lo señala Andrea Greppi, la legitimidad se obtiene mediante el cumplimiento de dos condiciones: el respeto a la soberanía popular que se expresa en la voluntad de las mayorías mediante elecciones libres y auténticas; y la garantía de los derechos humanos. Frente a lo primero, Juan Orlando Hernández usurpa la titularidad del Ejecutivo mediante un fraude electoral y, ante lo segundo, el citado informe señala claramente que el pueblo hondureño continúa sufriendo impunidad y violaciones a derechos humanos de forma persistente.

Una institución noble que puede ser utilizada para el bien o para el mal

La Constitución de la República en su artículo 59 delega al CONADEH la importante tarea de garantizar los derechos y libertades reconocidas en ella, para lo cual una ley orgánica establece sus prerrogativas y atribuciones, tales como, obligar a cualquier persona funcionaria a contestar sus peticiones y requerimientos; acceder libremente a todas las dependencias civiles y militares y centros de detención, reclusión o internamiento sin que pueda oponérsele objeción alguna; velar porque los actos y resoluciones de las autoridades públicas no violenten derechos humanos; y desarrollar procesos de formación y sensibilización que promueva una cultura favorable a la dignidad humana.

De lo anterior se pueden identificar con claridad tres funciones del CONADEH: la función de defensa de los derechos humanos y la supervisión de la administración pública mediante la investigación de denuncias o quejas de violaciones de tales derechos; la función pedagógica cuyo fin es promover el respeto y garantía de los derechos humanos mediante campañas y acciones educativas dirigidas a la población y a las personas funcionarias públicas; y la función de mediación, a través de la cual interviene con el fin de buscar la solución de un conflicto entre una víctima y una autoridad estatal señalada como responsable del abuso a un derecho humano.

En otras palabras, el CONADEH tiene la responsabilidad de actuar como Defensor del Pueblo; como promotor de la educación y la cultura democrática de derechos humanos; y como mediador en las relaciones entre el gobierno y los habitantes. De esta manera, sus actuaciones pueden tener un gran impacto en la defensa y promoción de la dignidad humana, la democracia y el Estado de derecho, siempre y cuando sea percibido por la sociedad como una institución independiente y desvinculada de los poderes políticos partidistas, y como un defensor imparcial de los derechos de la población.

Por tanto, la independencia del titular del CONADEH es una condición sin la cual las facultades y herramientas con las que cuenta para cumplir con su labor constitucional, reduce su impacto y efectividad, particularmente cuando vivimos bajo un régimen autoritario. La historia ya nos ha demostrado lo grave que puede ser para la dignidad de las personas no contar con un Defensor del Pueblo independiente e imparcial que actúe con valentía ante situaciones estructurales generadoras de violaciones a derechos humanos como las que enfrentamos actualmente.

Hasta el momento el CONADEH ha tenido tres titulares, el Dr. Leo Valladares Lanza, quien dirigió la institución cuando fue creada mediante el Decreto Ejecutivo Número 26-92 (1992-1995) y luego cuando el Congreso Nacional le otorgó rango constitucional (1995-2002); el Dr. Ramón Custodio López, quien fue elegido por dos períodos consecutivos (2002-2008 y 2008-2014); y el Dr. Roberto Herrera Cáceres (2014-2020).

La señora Izaguirre dio un primer paso hacia la historia indigna del CONADEH

Los tres comisionados han vivido 3 momentos históricos para la institucionalidad democrática que les ha desafiado a asumir una posición clara frente a la situación de los derechos humanos de cada momento. El Dr. Valladares Lanza afrontó una época de transición entre el ocaso de la aplicación de la “Doctrina de la Seguridad Nacional” y la exigencia internacional y ciudadana de conocer la verdad sobre los crímenes que se cometieron. El Dr. Custodio López vivió el golpe de Estado de 2009 con sus graves y múltiples violaciones a los derechos humanos. Y el Dr. Herrera Cáceres se desenvolvió en un profundo contexto de autoritarismo y remilitarización.

El balance del aporte de la gestión del primero puede resumirse en la publicación el 29 de diciembre de 1993 del informe titulado “Los hechos hablan por sí mismos. Informe preliminar sobre los desaparecidos en Honduras 1980-1993”, el cual señala la responsabilidad penal de militares, policías y personas funcionarias judiciales por las graves violaciones a derechos humanos cometidas en la llamada década perdida, y constituye “memoria viva de un pasado reciente que, por su importancia para avanzar hacia una sociedad democrática, fundamentada en el respeto de los derechos humanos, no puede relegarse al olvido”.

El balance de la contribución de la gestión del segundo, pese a su importante trayectoria histórica como defensor de derechos humanos, puede condensarse en su apoyo al golpe de Estado de 2009 y una pérdida absoluta de la confianza ciudadana debido a su posición a favor del rompimiento del orden constitucional, y a la decisión de no asumir su responsabilidad de investigar las graves violaciones a derechos humanos cometidas por el gobierno de facto. Esto provocó que el Subcomité de Acreditación del Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos rebajara al CONADEH al “Estatus B” porque sus actuaciones no guardaron plena conformidad con los Principios relativos al estatuto y funcionamiento de las Instituciones Nacionales de Protección y Promoción de los Derechos Humanos (“Principios de París”).

El balance del aporte de la gestión del tercero puede caracterizarse por su ambigüedad y “tacto” para intervenir en ciertos asuntos de derechos humanos que no incomodaban tanto al régimen, pero guardar silencio ante otros asuntos de gravedad que requerían de su actuación imparcial y diligente. En resumen, la gestión de Herrera Cáceres representó una oportunidad perdida para recuperar y hacer del CONADEH una institución sólida, independiente, cercana a la ciudadanía y defensora del pueblo frente al ejercicio abusivo y negligente del poder.

Si Blanca Sarahí Izaguirre Lozano tuviera un mínimo de dignidad y compromiso con los derechos humanos, convocaría a una conferencia de prensa para anunciar que no acepta asumir la titularidad del CONADEH porque no ha habido un proceso transparente, público y democrático basado en la evaluación objetiva de las mejores capacidades técnicas, integridad moral y experiencia, sino que su elección se ha llevado a cabo de forma tal que no garantiza su independencia. De no hacerlo, su historia como titular del CONADEH comenzará con un primer paso hacia el mismo lugar de indignidad que ahora ocupan Ramón Custodio López y Roberto Herrera Cáceres.

¿Qué nos queda?

Más allá de los recursos internos que deben interponerse ante los órganos judiciales respectivos para intentar revertir esta elección autoritaria -pese a la desconfianza en ellos-, es imperativo que las organizaciones nacionales articuladas en la Coalición contra la Impunidad y las organizaciones nacionales e internacionales integradas en el Foro Internacional por los Derechos Humanos en Honduras valoremos los escenarios posibles para realizar los análisis respectivos y documentar la arbitrariedad de la elección de la nueva titular del CONADEH con el fin de ejercer dos acciones estrechamente vinculadas entre sí.

En primer lugar, denunciar que el procedimiento arbitrario y antidemocrático desarrollado en dicha elección no puede tener como resultado una titular independiente e imparcial a la luz de los Principios de París, adoptados y reafirmados por las resoluciones 1992/54 de 1992 y 48/134 de 1993 de la Comisión de Derechos Humanos y de la Asamblea General de las Naciones Unidas, respectivamente, con el fin de fortalecer las capacidades y funcionamientos de las instituciones como el CONADEH.

En este sentido, el nombramiento de Blanca Sarahí Izaguirre Lozano no cumplió con ninguno de los requisitos establecidos en las observaciones generales del Subcomité de Acreditación adoptadas el 6 de marzo de 2017, en el sentido que tal proceso debió incluir: a) una vasta difusión de la convocatoria; b) una maximización del número de posibles candidaturas procedentes de una amplia gama de grupos sociales; c) la promoción de una extensa consulta y participación en el proceso de solicitud, investigación, selección y designación; y d) la evaluación de las candidaturas en base a criterios predeterminados, objetivos y de dominio público.

Y, en segundo lugar, presentar información pertinente a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que funge como secretaría del Subcomité de Acreditación, para que, de acuerdo con el punto 6.7 de su reglamento, revise y retire al CONADEH el “Estatus A” y le otorgue al menos el “Estatus B” por no cumplir totalmente con los Principios de París.

Como lo plantea el Subcomité, para asegurar la independencia y la eficacia de una institución como el CONADEH, garantizar la confianza ciudadana y limitar toda interferencia indebida en el proceso de selección, es imperativo que el nombramiento de su titular se base en la meritocracia, y se caracterice por la apertura, la transparencia y la participación de la sociedad civil, particularmente de las organizaciones de derechos humanos. Nada de ello se observó en esta elección arbitraria de la señora Izaguirre.



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