viernes, 1 de octubre de 2021

¡Castigo para los asesinos de David Octavio Quiroz!

Defensores en Línea

David Octavo Quiroz murió por el impacto de una bala disparada por el agente de la PMOP

El Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula tiene en sus manos aplicar castigo a los responsables del asesinato contra David Octavio Quiroz Urrutia, ejecutado durante una protesta contra el fraude electoral el 15 de diciembre de 2017.

Quiroz era un padre de familia, dedicado a la soldadura y opositor al fraude que impuso en el poder a Juan Orlando Hernández, durante las elecciones generales del 26 de noviembre de 2017, lo que provocó que cientos de miles de personas realizaran protestas a nivel nacional, y con ello la imposición del Decreto Ejecutivo PCM 084-2017 que suspendió todas las garantías constitucionales, dejando el país bajo el dominio militar-policial.

Desde que la familia de David Octavio Quiroz llegó al Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), no se ha cesado en la búsqueda de verdad y justicia, por este hecho bajo el mando de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), comandado por el oficial Osman Oseguera y el agente Denis Omar Cáceres, segundo al cargo.

En este proceso únicamente se ha requerido al PMOP Denis Omar Cáceres, quien compareció en juicio oral y público el 13, 14, 22 y 23 de septiembre pasado, y a quien mañana 30 se le dictará sentencia de la cual la pena oscila entre 15 y 20 años de prisión preventiva, según la normativa hondureña.

Con el crimen de Quiroz se violentaron derechos humanos y garantías constitucionales establecidas en el Artículo 62 de la Constitución de la República y el capítulo 4 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, determinado que el derecho a la vida es inviolable.

En este sentido, el Tribunal de Sentencia tiene que emitir condena, porque en el juicio oral y público se logró acreditar la participación del agente Cáceres, pese a que la defensa ha querido sembrar la duda en el Tribunal, declaró la abogada acusadora Karol Cárdenas, del Área de Acceso a la Justicia del COFADEH.

Explicó que, la defensa del policía-militar ha querido usar como estrategia “desvirtuar todos los elementos de prueba bajo la argumentación de qué no se identificó o no se individualizó a este agente de la policía militar”, pero si se acreditó su participación, acreditado en el juicio mediante la presentación del libro de novedades, la asignación del arma y el peritaje que se le hizo a ésta, el cual salió positiva a los residuos de bala encontrados en el cuerpo de Quiroz Urrutia.

Además, con las declaraciones testificales que en este caso fueron muy contundentes, se acreditó que -efectivamente- ese día él [Cáceres] era parte del pelotón; y no solo eso, sino que era el segundo al mando, agregó la defensora de derechos humanos.

“El Tribunal debe valorar esa prueba en forma conjunta y emitir una sentencia condenatoria, como procede en este caso”.

Si bien se está acusando al PMOP cuya arma coincidió con el peritaje balístico, el CAFADEH exige que se investigue la cadena de mando, porque existen jerarquías, y en el juicio se demostró que hay otra persona sobre el mando de Denis Cáceres, haciendo referencia a Osman Oseguera.

“De hecho la persona que comandaba, el jefe de ellos, declaró en Audiencia Inicial y en Juicio Oral y Público, manifestando que él estaba a cargo al mando de pelotón y con eso se acreditó tanto la presencia de él como la del agente Denis Omar Cáceres en el lugar de los hechos”, reiteró Cárdenas.

Otro hallazgo en el juicio Oral y Público, es que se demostró en base a la cadena de mando que, desde el momento que ellos salieron hacer el operativo ya llevaban su estrategia de cómo iban a actuar, qué iban a hacer y cuál era la posición de cada uno dentro del operativo.

Por lo que se debería responsabilizar según la cadena de mando, al superior jerárquico, en este caso era el jefe de operativo de la PMOP, Osman Oseguera, quien comandó el pelotón conformado por 62 efectivos, en la represión del 15 de diciembre de 2017 en la comunidad de Guacamaya, Dos Caminos, municipio de Villanueva, departamento de Cortés, al norte del país.

Si el Tribunal no ejerce su labor en la impartición de justicia, sería lamentable desde una perspectiva de Derechos Humanos, porque es un caso típico de violación de Derechos Humanos, se violentó un derecho fundamental cómo es el derecho a la vida, y los impartidores de justicia deben ir marcando precedentes, porque estas son prácticas que se repiten a nivel nacional por agentes de la fuerza de seguridad pública.

El COFADEH ha documentado y representado varios casos similares a éste, donde agentes de la Policía Nacional, FFAA y PMOP han acabado con valiosas vidas.

En el marco de las protestas contra el fraude electoral, el COFADEH documentó 36 ejecuciones, siendo el caso de David Octavio Quiroz el primero que llega a esta instancia judicial, y a la espera que no sea un número más que abone a la impunidad que impera en este país.


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