jueves, 16 de enero de 2014

Reglamento de la Asambleas del FNRP



I.- De los integrantes

1.- Integran la Asamblea del FNRP las delegadas y delegados nombrados por las Frentes Municipales y Departamentales y las organizaciones populares y políticas que forman parte del FNRP.

2.- Las delegadas y delegados de Frentes Municipales y Departamentales deben ser nombrados por asambleas amplias y acreditados por el Coordinador Departamental.

3.- Las delegadas y delegados de organizaciones populares y políticas de carácter municipal y departamental deben ser debidamente acreditados por los Coordinadores en cada departamento.

4.- Las delegadas y delegados de organizaciones de carácter nacional deberán ser acreditados por el Coordinación Nacional del FNRP.

5.- La Coordinación Nacional a través de la secretaría general elaborará un informe de los delegadas y delegados acreditadas para ser presentado a la asamblea al momento de comprobarse el quórum.

II.- De la mesa de conducción

1.- La Mesa de conducción estará integrada por los miembros –hombres y mujeres- propietarios del Coordinación Nacional.

2.- El moderador de la Asamblea es el Coordinador General del FNRP y en su defecto el subcoordinador. En caso de que ninguno de ellos pueda, el moderador será elegido por los restantes miembros de la Coordinación Nacional.

3.- El acta de la asamblea es tomada por el Secretario apoyado por el pro-secretario de la Coordinación Nacional Provisional. Sometiendo a lectura y aprobación de los acuerdos al final de la asamblea.

III.- Del quórum

1.- Se considerará  que hay quórum con la presencia de más de la mitad más 1 de los delegados y delegadas acreditadas.

2.- La comprobación del quórum se hará a la hora convocada por la Coordinación Nacional.

IV.- De la agenda

1.- La agenda para la Asamblea es propuesta por la Coordinación Nacional y deberá ser difundida con al menos una semana de antelación a la realización de la Asamblea.

2.- La agenda será discutida al iniciar la Asamblea y podrá ser modificada con mayoría simple.

3.- Los temas a tratar en la Asamblea deben estar detallados al aprobarse la agenda. No se tratarán puntos “varios” o mociones de cambio de la agenda una vez que halla iniciado la Asamblea.

V.- De los trabajos de la Asamblea

1.- Los trabajo de la Asamblea podrán ser realizados mediante:
a. Sesión plenaria.
b. Comisiones de trabajo temporales.

2.- La sesión plenaria es aquella donde participan todas y todos los delegados que integran la Asamblea.

3.- La sesión plenaria es coordinada la Coordinación Nacional.

4.- En caso de que sea necesario, se nombrarán comisiones de trabajo temporales, durante el transcurso de la asamblea, que deberán entregar informes al plenario.

5.- Las comisiones de trabajo temporales se integran por delegadas y delegados propietarios y suplentes y podrán ser auxiliados observadores externos que puedan contribuir con el desarrollo del tema.

6.- Cada Comisión de trabajo debe elegir un Coordinador, un secretario y un relator.

VI.- De las credenciales

1.- Antes de iniciar la asamblea, se entregará una credencial a cada delegado o delegada propietario.

2.- Las credenciales son usadas para ejercer el voto dentro de la asamblea.

3.- Una credencial de delegado propietario sólo podrá ser traspasada a su respectivo suplente.

4.- El delegado suplente sólo podrá ejercer el voto en caso de estar ausente su respectivo propietario.

5.- El proceso de inscripción de delegados y delegadas se cerrará tres días antes del inicio de la asmblea, el 22 de junio de 2011 a las 10:00 am.

VII.- Del uso de la palabra

1.- Cada delegada y delegado propietario tiene derecho al uso de la palabra en las deliberaciones de la sesión plenaria, la que será concedida por el moderador según el orden que ocupe en la fila de solicitud. La participación deberá ser respetuosa con la solemnidad de la asamblea y la asamblea deberá respetar la opinión del delegado en el uso de la palabra.

2.- Cada delegado o delegada propietaria tiene derecho a usar una vez la palabra en cada tema de agenda por un máximo de 2 minutos. Se exceptúa al delegado o delegada propietaria que presente una moción, que podrá hacer uso en dos ocasiones o cuando sea requerida una explicación por la mesa de conducción.

3.- Al momento de hacer intervenciones se contará con la asistencia de una persona que levantará una tarjeta amarilla al haber pasado 1 minuto y medio y una tarjeta roja al haber pasado un minuto y cincuenta segundos.

VIII.- De las mociones.

1.- Las mociones o propuestas pueden ser hechas por los delegados y delegadas propietarias.

2.- Los tipos de moción son:
a. De enmienda: Cuando en un tema en discusión se plantea y/o reforma de concepto o redacción.
b. De inclusión: Cuando en el marco de un tema en discusión desea incluir un nuevo aspecto relacionado con el tema pero no considerado ni en el proyecto o dictamen presentado a la sesión plenaria.
c. Para el orden: Cuando tiene por objeto indicar a la mesa de conducción un asunto de procedimiento.
d. Por el orden: Cuando se solicita a la mesa de conducción interrumpir el uso de la palabra de un delegado o delegada cuando esté actuando fuera del punto que se discute.

3.- Una moción de enmienda o de inclusión solamente podrá ser sometida a discusión cuando haya sido secundada por al menos 10 delegados o delegadas propietarias. La moción de enmienda debe ser aceptada por el delegado o delegada que hizo la propuesta.

IX.- De las votaciones y resoluciones.

1.- Las  votaciones en la sesión plenaria se hará levantando el gafete de delegado o delegada propietaria que deberá estar de pie.

2.- Los votos de los delegados y delegadas serán contados por personal de apoyo y se contarán por filas de sillas.

3.- Cada delegada deberá estar sentado en su silla para que su voto pueda ser contado en orden por el personal de apoyo.

4.- Los delegados y delegadas deberán permanecer en su lugar hasta que finalice el conteo para cada moción que se lleve a resolución.

5.- Para cada votación el moderador realizará la pregunta de votos a favor, en contra y abstenciones.

6.- En el caso de empate se procederá a una segunda votación.

7.- Ningún delegado o delegada tendrá voto de calidad.

8.- Las resoluciones de la asamblea se tomarán por simple mayoría.

9.- Las mociones y resultado de las votaciones serán voceados por el moderador y serán presentados en  pantalla para poder ser visualizados por todos y todas.

10.- En caso de que los votos de abstención, supere a la cantidad de votos de una propuesta ganadora, deberá modificarse la propuesta y repetir la elección.

X.- Disposición General

1.- Lo no dispuesto en el presente reglamento en cuando a la orientación y procedimientos de la Asamblea será resuelto por los integrantes de la mesa de conducción.

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