lunes, 19 de julio de 2021

Honduras y Nicaragua revelan los peores sistemas de salud, revela una investigación


Radio Progreso

El sistema de salud pública en Honduras se caracteriza por la precariedad en los centros de salud y hospitales: falta de medicamentos, falta equipo y personal en todas las áreas, equipo obsoleto y lo peor, una población empobrecida completamente desatendida,  y lejos de gozar del derecho constitucional a la salud.

A esta conclusión llega el más reciente libro del Equipo de Reflexión Investigación y Comunicación (ERIC-SJ) titulado “El derecho a la salud en Estados Unidos, México y Centroamérica en el contexto de la COVID-19”

La investigación analiza el papel de los Esta­dos de la región frente a la emergencia de la COVID-19, y valo­rar si las medidas asumidas han estado apegadas a los están­dares constitucionales e internacionales de derechos huma­nos.

“En tiempos de crisis como la que enfrentamos debido a la Covid-19, el análisis de las acciones u omisiones del Estado en relación con la promoción y protección del derecho a la salud es fundamental para determinar su nivel de legitimidad, pues está íntimamente ligado a la dignidad humana y a otros derechos fundamentales como la integridad personal y la vida, cuyo goce es un prerrequisito para el disfrute de todos los demás derechos”, revela la investigación.

El Doctor Joaquín Mejía, especialista en Derecho Humano Internacional y coordinador de la investigación, dijo en Radio Progreso que, en este trabajo salen a relucir datos que llevan a Honduras junto a Nicaragua a tener los peores sistemas de salud en la región.

En Honduras para conocer la precariedad del sistema sanitario, solo basta con acercarse a un centro de salud y hospital público. El panorama es doloroso cuando se ve a un niño con su brazo fracturado apoyado a un pedazo de tabla, esperando a ser atendido en una interminable fila. O ver a madres pariendo en condiciones deplorables en las obsoletas salas de labor y parto.

“El derecho a la salud está reconocido en el artículo 145 de la Constitución de la República, dentro del capítulo de los derechos y garantías fundamentales. La ley secundaria que lo desarrolla es el Código de Salud que, en su artículo 1, establece que la salud, “considerada como un estado de bienestar integral, biológico, sicológico, social y ecológico, es un derecho humano inalienable y corresponde al Estado, así como a todas las personas naturales o jurídica”, dice la investigación.


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