martes, 27 de julio de 2010
Archivos y estados de excepción
Argenpress
Por Víctor Silva Echeto
1. Las excepciones de la introducción
La libertad de expresión es un concepto que tiene, por lo menos, dos rostros como Jano: entre ellos dos se encuentra el de los que enarbolan la idea, pero, en la práctica -por antecedentes o acciones concretas- no utilizan la misma concepción para medir quiénes atacan o no a la libertad de expresión, ya que para realizar esa medición se basan fundamentalmente en concepciones ideológico- políticas. (1)
Esto es, para esos grupos conservadores de presión o para las grandes empresas que sostienen a los medios de comunicación, los gobiernos de izquierdas en América del Sur (con sus matices se podrían mencionar los de Venezuela, Bolivia, Ecuador, Argentina, Brasil, Uruguay o Paraguay), violentarían permanentemente la libertad de expresión, confundida con libertad de “mercado” (la mano invisible), mientras que los gobiernos conservadores- de derechas, por su propia concepción económico-política, defenderían la libertad de expresión, o no está de más repetirlo, la libertad de mercado. Los sintagmas establecen la ecuación: libertad de expresión = libertad de mercado.
Dos rostros: uno mira hacia el exterior, criticando a quiénes supuestamente la atacan y, un segundo rostro que mira hacia el interior, asumiendo que hay libertad de expresión en países de ideología liberal-conservadora o neoliberal. No está de mas decirlo que en países, como por ejemplo Chile, la libertad de expresión es muy cuestionable porque crecen los oligopolios de los medios de comunicación (cuestionándose, paralelamente, la libertad de mercado o su autorregulación) o, conjuntamente, la diferencia política, cultural, social y económica no tiene su lugar en las pantallas, sonidos y escrituras mediáticas.
Un caso concreto es el de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), quién no solamente no criticó a las dictaduras cívico- militares que atropellaron a los gobiernos democráticos o semi-democráticos que gobernaron Sudamérica entre los años '70 y '80, sino que, aún más, algunos de sus directivos actuales, como el periodista Danilo Arbilla, fueron funcionarios de la dictadura cívico- militar uruguaya. Pero, en la actualidad, critican la supuesta falta de libertad de expresión que existiría en países, gobernados por la izquierda, como es el caso de Venezuela, Bolivia, Ecuador o Brasil.
Otros ejemplos que habría que sumar son los de las actuales legislaciones sobre medios de comunicación en Argentina y en Uruguay, que abrieron las licencias de otorgamiento a los medios comunitarios, además, de las ya existentes a los medios, llamados, comerciales. Esas normativas han sido ampliamente criticadas por grupos empresariales que se acostumbraron a ampliar su poder en los medios de comunicación sin ningún tipo de control socio- comunitario ni estatal, y tuvieron una total impunidad para apoyar gobiernos de turno (militares; cívico- militares; civiles acusados de corrupción), como es el caso del grupo Clarín de Argentina. El pago para tanto silencio fue el otorgamiento de ondas de radio y televisión por parte de los gobiernos de turno. (2)
En el caso del grupo Clarín de Argentina, empresarios/as críticos/as con el actual gobierno argentino y con la ley de servicios de comunicación audiovisual (3) (llamada de los tres tercios, ya que otorga un tercio a los medios comerciales, otro tercio a los medios sin fines de lucro -comunitarios, socio-culturales y otro tercio al Estado), elaborada y apoyada por grupos sociales, intelectuales, sectores comunitarios, periodistas y políticos de centro- izquierda, ha reaccionado más airadamente contra esta ley que con las supuestas libertades que rigieron en Argentina durante la dictadura cívico- militar o durante el gobierno, acusado de corrupción, de Carlos Menem. Un caso aparte es el de su relación, tan confusa que llega hasta niveles familiares, con los detenidos desaparecidos durante el proceso cívico- militar, ya que la propietaria del grupo está acusada de adoptar dos niños hijos de detenidos- desaparecidos.
2. Una primera aproximación al Estado de excepción: Clarín y los desaparecidos
Ernestina Herrera de Noble, dueña del grupo Clarín, para las Abuelas de Plaza de Mayo adoptó dos hijos de detenidos desaparecidos, durante la dictadura cívico- militar de Argentina.
Así las cosas, en ese país, para conocer la identidad de los hijos de detenidos desaparecidos, las personas sospechosas de haber adoptado un/una niño/a en esas condiciones, debe de someterse y someterlos/as a exámenes de ADN. De no ser así por su propia voluntad, están obligados/as a hacerlo.
No obstante, la propietaria del grupo Clarín, fue burlando los exámenes de ADN para conocer la identidad de los hijos, adoptados en 1976.
Hay que tener presente que la poderosa empresaria argentina, quién ha sido crítica con el gobierno actual de Argentina, desde el grupo de medios de comunicación Clarín, no mantuvo la misma posición durante la dictadura cívico - militar que azotó a la Argentina durante los años 1976 y 1983.
Uno de los últimos intentos por conocer la identidad de los supuestos hijos de detenidos- desaparecidos fue en junio de 2010. Pero, paradójicamente, el día del examen, el Banco Nacional de Datos Genéticos de Argentina no pudo realizar la prueba genética para determinar si la dueña del grupo Clarín adoptó a dos hijos de desaparecidos en dictadura, informó en un comunicado Abuelas de Plaza de Mayo, debido a la falta de colaboración por parte de Herrera de Noble.
El Banco informó a la justicia que no había sido posible obtener el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera “por contaminación de las prendas” que fueron utilizadas para la prueba, según la organización de familiares.
“El estudio determinó que las prendas de vestir, que habían sido entregadas voluntariamente por Marcela y Felipe Noble Herrera en el allanamiento practicado el 28 de mayo pasado, no fueron aptas para obtener su perfil genético”, indica. “Por ello, no se pudo concretar el entrecruzamiento con las muestras de los familiares que buscan a sus seres queridos desaparecidos durante de la última dictadura militar”, agrega el informe.
La entidad precisó que “las prendas analizadas fueron medias, camisetas, camisas, pantalones y ropa interior femenina, ya que Felipe Noble Herrera no portaba calzoncillo al momento de la requisa”. Los peritos “informaron que, llamativamente, las prendas contenían información genética de numerosas personas de distintos sexos”, según la nota de prensa. Para las abuelas, los peritos deberán declarar ahora ante la justicia para explicar por qué razones “podrían aparecer tantos perfiles genéticos en prendas íntimas y de vestir, pues no parece posible que se trate de algo casual o accidental”, sostiene el comunicado.
La entidad abogó porque la jueza del controvertido caso, Sandra Arroyo Salgado, defina el curso a seguir para dilucidar si los jóvenes, adoptados en 1976, son hijos de desaparecidos nacidos durante el cautiverio de sus madres durante el régimen militar (1976/83).
Debido a que algunos jóvenes que se sospechan que fueron robados se negaron a la extracción de sangre para realizar la prueba genética -como el caso de los Noble Herrera- la justicia argentina admite realizar la prueba en cabellos, ropas íntimas o cepillos de dientes.
Abuelas de Plaza de Mayo ha restituido la identidad a un centenar de niños apropiados, sobre un total estimado de 500 casos. Sobre el tema, el diario Clarín y sus medios afines, no han dicho nada, ni una imagen, un sonido o una letra. Los rostros de Jano sobre la libertad de expresión…
3. Segunda aproximación al Estado de excepción: Chile, Piñera y Chilevisión
El actual presidente de Chile, Sebastián Piñera, saltándose todas las concepciones mundiales sobre el otorgamiento de ondas, y con el beneplácito de la Concertación de Partidos por la Democracia de centro izquierda, durante el gobierno de Ricardo Lagos Escobar, el 15 de abril de 2005, adquirió el canal de televisión Chilevisión. A partir de ahí, comenzó a diseñar su campaña presidencial que lo llevó a la presidencia de Chile en enero de 2010. Al canal de televisión se le sumó la propiedad mayoritaria de Colo-Colo, el equipo de fútbol más popular de Chile. Canales de televisión, compañías áreas, equipos de fútbol, lo llevaron a transformarse en el candidato presidencial-empresario, que mezclaba ambos roles sin aclarar en qué momento cumplía uno u otro.
La mezcla de programas sensacionalistas sobre la delincuencia (potenciando el discurso sobre la inseguridad), teleseries, culebrones, reality shows y de programas periodísticos, permitieron que el discurso y las imágenes de Chilevisión, por acción u omisión, fueran uno de los principales escenarios para potenciar la candidatura, y la posterior gestión, de Sebastián Piñera. La política en escena y la escena de la política.
Ya en la presidencia de la república, la “venta” del canal de televisión se ha transformado en uno de los temas políticos del país. Dos rostros de Jano: en el propio canal de televisión se discute sobre la “propiedad” del medio, aunque no se incorpora la opinión de que, por definición, la televisión, como los medios de comunicación de aire, son patrimonios públicos y, por lo tanto, no pueden enajenarse (venderse o comprarse) sino otorgarse los permisos de administración (económica y de contenidos de la onda), por un tiempo determinado y sujeto a evaluaciones. Mientras tanto, Piñera sigue siendo su “propietario” y se encuentra esperando su venta.
Uno de los últimos hechos ocurrió el 15 de julio de 2010. Ese día, el contralor de la República, Ramiro Mendoza determinó que Piñera no está “inhabilitado” para nombrar autoridades del canal estatal de televisión y a un miembro del Consejo Nacional de Televisión, un organismo autónomo del Estado que debe “velar por el correcto funcionamiento de los servicios de televisión”, según sus estatutos. “No sería ilegal el nombramiento (…) no hay una incompatibilidad”, dijo Mendoza. “Contraloría no advierte impedimento para que el Presidente de la República cumpla con la función de efectuar los señalados nombramientos y proposiciones, por cuanto la sola circunstancia de que el jefe de Estado, como persona natural, sea accionista en los términos antes indicados no lo inhabilita al efecto”, sentencia el dictamen. La Cámara de Diputados aprobó el 14 de julio de 2010, un proyecto de acuerdo -por 41 votos a favor y 40 en contra- para solicitar a Piñera que venda a la brevedad Chilevisión.
Durante el terremoto que se produjo en Chile el 27 de febrero de 2010 y sus posteriores réplicas, Chilevisión reprodujo el discurso y las imágenes sobre la inseguridad, fortaleciendo el toque de queda o estado de excepción (instalado por el gobierno de centro izquierda de Michelle Bachelet Jeria ante los pedidos de la centro derecha próxima a instalarse en el gobierno con Sebastián Piñera). Dos rostros de Jano sobre la libertad de expresión: el estado de excepción se transformó en la regla, en términos de Walter Benjamin. Sobre la represión que padeció la población de las zonas afectadas, Chilevisión no dijo nada.
En definitiva, se podría decir que el terremoto en Chile tuvo dos ritmos: uno fue el que le imprimió el sismo 8, 8º el 27 de febrero y sus consiguientes réplicas, el otro fue el que, desde la madrugada de ese día, se produjo en las pantallas televisivas con transmisiones las 24 horas, pero sin que ello implicara que fuera en vivo y en directo ya que las imágenes se reiteraban segundo tras segundo durante las 24 horas. En esta segunda rítmica, se radicalizó la idea de inseguridad, propia del discurso de la derecha que gobierna actualmente y de un sector de la concertación, de estigmatización de la pobreza (los ricos no lloran, parecía la máxima), de enfrentamiento entre las familias y de los grupos más marginalizados por el sistema cada día menos sistémico. A esto se le sumó, toque de queda, militarización de las zonas afectadas (4) y el discurso amnésico sobre un nuevo tipo de desaparecido, perdido bajo las aguas del maremoto. Nuevamente, intentan limpiar -como la blanca nieve de la cordillera y del iceberg del sur- (5) la historia de secuestros, terrorismo de estado y desapariciones.
Mientras tanto, el país vive a otro ritmo y la televisión sigue, parafraseando a Baudrillard, intentando demostrar que el terremoto no tuvo lugar, sino que se produjo en el no lugar de las pantallas y en el discurso sobre la inseguridad del Estado de excepción.
4. La ironía de la “libertad de expresión” como estado de excepción
Antoms
Es Giorgio Agamben (2004), quien coloca en tensión diversas categorías, entre ellas, la relación entre excepcionalidad y normalidad y entre experiencia y destrucción. Citando e invirtiendo la tesis 8 de Walter Benjamin sobre la filosofía de la historia, Agamben realiza un extenso análisis sobre los estados de excepción, aunque, a diferencia de Benjamin, estos estados no implican la liberación de los oprimidos sino el modelo de gobierno que determina de manera creciente e incontenible la política de los estados modernos en la mayor parte de sus dimensiones. De esa forma, “en casi todas las democracias occidentales” se manifiesta la tendencia, sin precedentes, de generalizar el “paradigma de la seguridad como técnica normal de gobierno” (Agamben, 2004: 27).
En América del sur el término más utilizado es “estado de sitio”, noción vinculada a las doctrinas italiana y francesa, mientras que “estado de excepción” es común en la doctrina alemana (Ausnahmezustand junto con Notstand, como estado de necesidad). Para Giorgio Agamben (2004: 14): “si las nociones de ‘estado de sitio' y de ‘ley marcial' expresan una conexión con el estado de guerra que ha sido históricamente decisiva y que aún está presente, resultan, sin embargo, inadecuadas para definir la estructura propia del fenómeno y tienen por ello necesidad de calificaciones ‘político' o ‘ficticio', también de alguna manera descaminadas”. En cambio, “el estado de excepción no es un derecho especial (como el derecho de guerra), pero en cuanto suspensión del orden jurídico mismo, define el umbral o el concepto- límite de éste” (6).
De esa forma, cada vez más, en Sudamérica diversos medios de comunicación (en una era postmediática), apelan al paradigma de la seguridad como técnica “normal” de convivencia socio- cultural. Con imágenes, sonidos y escrituras que, apelando a un nuevo tipo de archivo, muestran, hasta el cansancio, la desintegración social, paradójicamente, como la nueva forma de convivencia. Así las cosas, fortalecen el discurso sobre la seguridad como “técnica normal de gobierno”. Hay que tener presente, que las dos principales reformas que se han instalado en Sudamérica, son las de la educación y las de la seguridad. Parece que estar “seguros” (en salud, en delincuencia, en economía, en política…) es, paradójicamente, una de las claves de vida en la sociedad del riesgo.
El status necessitatis se presenta “tanto en la forma del estado de excepción como en la revolución, como una zona ambigua e incierta, donde procedimientos extra o antijurídicos en sí mismos, se convierten en derecho y donde las normas jurídicas se indeterminan en mero hecho; un umbral, pues, en que hecho y derecho parecen hacerse indecidibles” (Agamben, 2004: 46). Así, “si se ha dicho de forma convincente que, en el estado de excepción, el hecho se convierte en derecho (…) lo contrario, es verdad también: en aquel actúa un movimiento inverso, en virtud del cual el derecho se suspende y se anula en el hecho” (Agamben, 2004:46).
En ese contexto, cada vez más, a partir de las reformas procesales penales (por ejemplo, en Chile), hecho y derecho se confunden, ya que, en diversas circunstancias, los medios de comunicación “judicializan” (o mejor dicho, derechizan -de derecho y de derechas-) a los “afueras” no representativos: movimientos sociales, delincuentes pobres, otredades que no ingresan en el espacio representativo del adentro del discurso mediático y postmediático.
La radical postura de Agamben es ampliamente criticada por Marcelo Córdoba (2010), quien sostiene que el teórico italiano realiza un análisis que debilita el potencial crítico y genealógico de Foucault sobre la biopolítica y, que además, hace “de la mayor catástrofe del siglo XX el paradigma de la política occidental”, trivializando “el acontecimiento” y bloqueando “su significación normativa: la derrota del fascismo como ‘parteaguas histórico' del siglo XX”. Más allá de la crítica de Córdoba, considerar el estado de excepción como la nueva doctrina liberal (en este caso con referencia a la libertad de expresión) permite estimular el debate sobre la excepción como regla en tiempos de fluidez, rizomas y crisis.
Así las cosas, aparece -en esos archivos desestructurados- la figura del testimonio y todas sus ambigüedades. El archivo, en concreto, no es el conjunto de discursos del pasado, sino la emergencia enunciativa e imagónica, la relación entre lo dicho y no dicho, la superficie de discursos, imágenes y sonidos y los testimonios que, con toda su complejidad, aparecen y dan cuenta de esas tramas de discursos y no discursos (instituciones, imágenes, sonidos).
5. Deconstrucción de los archivos
Es Michel Foucault, uno de los que incorpora esta concepción del archivo. Michel Foucault (1996, primera edición 1970), se refiere al archivo en su propuesta arqueológica, conceptualizándolo desde la polémica noción de a priori histórico. Así las cosas, Foucault, comienza definiendo más que la condición de validez de una formación discursiva (conformada por enunciados), el papel de lo que él llama un a priori histórico. “Yuxtapuestos esos dos términos hacen un efecto un tanto detonante: entiendo designar con ello un a priori que sería no condición de validez para unos juicios, sino condición de realidad para unos enunciados” (Foucault, 1996: pp. 215- 216). Por lo tanto, “no se trata de descubrir lo que podría legitimar una aserción, sino de liberar las condiciones de emergencia de los enunciados, la ley de su coexistencia con otros, la forma específica de su modo de ser”, los principios según los cuáles subsisten, se transforman y desaparecen. No, un a priori de las verdades que no podrían ser jamás dichas, ni dadas a la experiencia, “sino de una historia que está dada, ya que es la de las cosas efectivamente dichas”.
Foucault utiliza este término tan polémico, porque “este a priori debe dar cuenta de los enunciados en su dispersión, en todas las grietas abiertas por su no coherencia, en su encaballamiento y su reemplazamiento recíproco, en su simultaneidad que no es unificable” y en su “sucesión que no es deducible”. En definitiva, “ha de dar cuenta del hecho de que el discurso no tiene únicamente un sentido o una verdad, sino una historia, y una historia específica que no lo lleva a depender de las leyes de un devenir ajeno”.
El a priori se caracteriza por un conjunto de prácticas discursivas y él mismo es un conjunto transformable. Foucault propone llamar archivo a esos sistemas de enunciados, que, por una parte, conforman acontecimientos, y, por la otra, cosas. Por archivo no entiende “la suma de todos los textos que una cultura ha guardado en su poder como documentos de su propio pasado”, o “como testimonio de su identidad mantenida”; no lo entiende tampoco por “las instituciones que, en una sociedad determinada, permiten registrar y conservar los discursos cuya memoria se quiere guardar y cuya libre disposición se quiere mantener” (Foucault, 1996: 219).
Más bien, es por el contrario, el sistema de la discursividad, las posibilidades y las imposibilidades enunciativas que éste dispone. “El archivo es en primer lugar la ley de lo que puede ser dicho, el sistema que rige la aparición de los enunciados como acontecimientos singulares”. El archivo “es el sistema general de la formación y de la transformación de los enunciados” (Foucault, 1996: 221). Su análisis, además, comporta una región privilegiada: a la vez próxima a nosotros, pero diferente de nuestra actualidad, es la orla del tiempo que rodea nuestro presente, que se cierne sobre él y que lo indica en su alteridad; es lo que, fuera de nosotros, nos delimita” (Foucault, 1996: 222).
En resumen, mientras la constitución del archivo, de acuerdo al planteamiento de Foucault (1996), deja al sujeto al margen, reducido a una función o posibilidad vacía, “la cuestión decisiva” en el testimonio, para Agamben, “es el puesto vacío del sujeto” (Agamben, 2003: 152).
El archivo, también, adquiere toda su densidad como paradójico “mal”, donde el “arkhé” guarda y desecha, “documentaliza” y descarta. Al respecto, Jacques Derrida (1997: s/p) se pregunta: “¿por qué reelaborar hoy día un concepto del archivo? ¿En una sola y misma configuración, a la vez técnica y política, ética y jurídica?” Entre los intentos de intervenir esa pregunta con deconstrucciones posibles, Derrida indica que habría que considerar que los desastres que marcan el fin de milenio y el inicio del siglo XXI, son archivos del mal: “disimulados o destruidos, prohibidos, desviados, ‘reprimidos'”.
Es decir, hay que considerar su tratamiento tanto masivo como refinado, así como sus manipulaciones privadas o secretas, porque “nunca se renuncia, es el inconsciente mismo, a apropiarse de un poder sobre el documento, sobre su posesión, su retención o su interpretación” (Derrida, 1997). A la primera pregunta se le suman otras: “¿mas a quién compete en última instancia la autoridad sobre la institución del archivo? ¿Cómo responder de las relaciones entre memorándum, el indicio, la prueba y el testimonio?”
En este último punto, Giorgio Agamben se plantea, también, esa relación de conflicto entre el archivo y el testimonio: “en oposición al archivo, que designa el sistema de las relaciones entre lo no dicho y lo dicho, llamamos testimonio al sistema de las relaciones entre el dentro y el fuera de la langue, entre lo decible y lo no decible en toda lengua; o sea, entre una potencia de decir y su existencia, entre una posibilidad y una imposibilidad de decir” (Agamben, 2003: pp. 151- 152).
Volviendo a Agamben (2003: 153) y a su intento de demarcarse de cierta fenomenología, hay que considerar que: “el testimonio es una potencia que adquiere realidad mediante una impotencia de decir, y una imposibilidad que cobra existencia a través de una posibilidad de hablar”. Estos dos “movimientos no pueden identificarse ni en un sujeto ni en una conciencia, ni separarse en dos sustancias incomunicables. El testimonio es esta intimidad indivisible”.
A modo de conclusiones
La noción de libertad de expresión, tan instalada en occidente y en su extensión sudamericana, tiene dos rostros como Jano. Esto implica que está atravesada por una paradójica situación, donde los que muchas veces dicen defenderla, no hacen más que defender una libertad de mercado que, contradictoriamente, no hace más que incrementar los oligopolios mediáticos.
Paralelamente, los medios -en lugar de ser patrimonio o archivos públicos- se enajenan (venden y compran) entre empresarios (o empresarios- presidentes, como en el caso de Chile) sin pasar por mecanismos de evaluación del Estado o del conjunto de la sociedad y de sus tejidos y tramas culturales. Esto implica que sus contenidos no dan cuenta de las diferencias socio- culturales, sino que están vinculados a la arbitrariedad de lo que deciden sus “propietarios” del momento (caso grupo Clarín con los niños hijos de detenidos-desaparecidos, supuestamente, adoptados por su “propietaria” durante la dictadura cívico- militar).
Es, en ese contexto, que la enarbolada por algunos medios en Sudamérica libertad de expresión, además, de vincularse a la libertad de mercado difunde permanentemente el “estado de excepción” como “paradigma normal de gobierno” y de convivencia. Las pantallas, sonidos y escrituras, son las nuevas formas semióticas de juzgar, transformando al derecho en hecho y viceversa. Los testimonios amplifican discursos que convierten a la verosimilitud en verdad y ésta, como el acontecimiento, deja de ser un tópico filosófico para transformarse, contradictoriamente, en una regularidad mediática.
Víctor Silva Echeto, académico uruguayo, docente de la Universidad de Playa Ancha (Valparaíso, Chile) e investigador del CONICYT- Chile.
Notas:
1) Soy consciente de que la noción de ideología presenta numerosas complejidades. Va desde el extremo de ponerla en cuestionamiento alojándola en la teoría de la representación en la época clásica (Foucault, 1986) pasando por la teoría reproduccionista (Althusser, 1994) hasta llegar a su reactualización (Žižek, 1994; Van Dijk, 1999 y Eagleton, 2007). No obstante, en este caso, sin entrar en detalles, me refiero a las relaciones discursivas y extra-discursivas entre ideología y poder.
2) En el caso de Uruguay es escandalosa la concentración de los medios de comunicación -fundamentalmente radio y televisión- en grupos económicos dependientes de familias criollas de empresarios: Romay, Salvo, Restano, Schek, Cardozo y De Feo. En Chile, actualmente, se produce la concentración de la “propiedad” de las radios por parte del grupo Prisa de España (Iberoamericana Radio Chile) y de la televisión en un presidente (Piñera) “propietario” de un canal de televisión (Chilevisión) y, por extensión, con posibilidades de control del canal “público” (televisión nacional de Chile). Tres grupos económicos concentran el 55 por ciento de la “propiedad” de las radios en este país.
3) Hay que aclarar, no obstante, que más allá de la disputa entre el gobierno y el grupo Clarín, asociaciones de medios comunitarios y alternativos, también han planteado reservas sobre el contenido de la ley.
4) Fundamentalmente, Concepción, justamente una de las zonas más enfrentadas del país, entre otros temas, por la causa mapuche.
5) Hago mención al iceberg que Chile trasladó en 1992 a su stand de la expo-Sevilla como un gran movimiento publicitario y de marketing, justamente en momentos que se transitaba entre la dictadura chilena y la postdictadura (o democracia tutelada). También, al blanqueamiento de La Moneda (palacio presidencial), borrándole todas las huellas de su destrucción durante el golpe de Estado que se produjo el 11 de septiembre de 1973, que instaló a Pinochet en el gobierno y provocó la muerte de Salvador Allende, presidente elegido democráticamente 3 años antes. Y los blancos trajes que portan los/las guardias que se encuentran instalados en la puerta de La Moneda.
6) “La historia del término 'estado de sitio ficticio o político' es instructiva” y permite aclarar porque se incorpora al sintagma, más general, de estado de excepción. “Procede de la doctrina francesa, en su referencia al decreto napoleónico de 24 de diciembre de 1811, que preveía la posibilidad de un estado de sitio, que el Emperador podía declarar, con independencia de cuál fuera la situación efectiva de una ciudad sitiada o directamente amenazada por las fuerzas enemigas”. El origen de la figura jurídica se remonta al decreto del 8 de julio de 1791 de la Asamblea Constituyente francesa, que distingue entre état de paix, en el que la autoridad militar y civil actúan cada una independiente de la otra en su propia esfera, état de guerre, en el que la autoridad civil actúa concertadamente con la autoridad militar, y état de siège, “en el que ‘todas las funciones de que está investida la autoridad civil para el mantenimiento del orden y de la policía interna pasan al comandante militar, que los ejercita bajo su responsabilidad exclusiva” (Agamben, 2004: 14). Esta última fue la situación que se vivió en la zona del terremoto de Chile desde el 28 de febrero de 2010. “Aunque por una parte (en el estado de sitio), el paradigma sea la extensión al ámbito civil de los poderes que competen a la autoridad militar en tiempo de guerra, y, por otra, una suspensión de la constitución (o de las normas constitucionales que protegen la libertad individual), los dos modelos acabarían por confluir con el tiempo en un único fenómeno jurídico, que llamamos estado de excepción” (Agamben, 2004: 15).
Referencias bibliográficas:
-Agamben, Giorgio (2004): Estado de excepción. Homo sacer II, 1. Valencia, Pre- textos.
-Althusser, Louis (1994): “Ideología y aparatos ideológicos del Estado” en Ideología. Un mapa de la cuestión. México D.F., Fondo de Cultura Económica.
-Córdoba, Marcelo (2010): “Agamben, Negri y la biopolítica hipostasiada” en F@ro, revista teórica de la Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de Playa Ancha, Chile, http://web.upla.cl/revistafaro
-Derrida, Jacques (1997): Mal de archivo. Una impresión freudiana. Madrid, Trotta.
-Eagleton, Terry (2007): Una introducción a la teoría literaria. México D.F, Fondo de Cultura Económica.
-Foucault, Michel (1986): Las palabras y las cosas. Una arqueología de las ciencias humanas. México D.F., Siglo XXI.
(1992): Microfísica del poder. Madrid, La piqueta.
(1996): La arqueología del saber. México, siglo XXI.
-Žižek, Slavoj (ed.). (1994): Ideología. Un mapa de la cuestión. México D.F., Fondo de Cultura Económica.
-Van Dijk, Teum (1999): Ideología. Una aproximación multidisciplinaria. Barcelona, Gedisa.
Por Víctor Silva Echeto
1. Las excepciones de la introducción
La libertad de expresión es un concepto que tiene, por lo menos, dos rostros como Jano: entre ellos dos se encuentra el de los que enarbolan la idea, pero, en la práctica -por antecedentes o acciones concretas- no utilizan la misma concepción para medir quiénes atacan o no a la libertad de expresión, ya que para realizar esa medición se basan fundamentalmente en concepciones ideológico- políticas. (1)
Esto es, para esos grupos conservadores de presión o para las grandes empresas que sostienen a los medios de comunicación, los gobiernos de izquierdas en América del Sur (con sus matices se podrían mencionar los de Venezuela, Bolivia, Ecuador, Argentina, Brasil, Uruguay o Paraguay), violentarían permanentemente la libertad de expresión, confundida con libertad de “mercado” (la mano invisible), mientras que los gobiernos conservadores- de derechas, por su propia concepción económico-política, defenderían la libertad de expresión, o no está de más repetirlo, la libertad de mercado. Los sintagmas establecen la ecuación: libertad de expresión = libertad de mercado.
Dos rostros: uno mira hacia el exterior, criticando a quiénes supuestamente la atacan y, un segundo rostro que mira hacia el interior, asumiendo que hay libertad de expresión en países de ideología liberal-conservadora o neoliberal. No está de mas decirlo que en países, como por ejemplo Chile, la libertad de expresión es muy cuestionable porque crecen los oligopolios de los medios de comunicación (cuestionándose, paralelamente, la libertad de mercado o su autorregulación) o, conjuntamente, la diferencia política, cultural, social y económica no tiene su lugar en las pantallas, sonidos y escrituras mediáticas.
Un caso concreto es el de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), quién no solamente no criticó a las dictaduras cívico- militares que atropellaron a los gobiernos democráticos o semi-democráticos que gobernaron Sudamérica entre los años '70 y '80, sino que, aún más, algunos de sus directivos actuales, como el periodista Danilo Arbilla, fueron funcionarios de la dictadura cívico- militar uruguaya. Pero, en la actualidad, critican la supuesta falta de libertad de expresión que existiría en países, gobernados por la izquierda, como es el caso de Venezuela, Bolivia, Ecuador o Brasil.
Otros ejemplos que habría que sumar son los de las actuales legislaciones sobre medios de comunicación en Argentina y en Uruguay, que abrieron las licencias de otorgamiento a los medios comunitarios, además, de las ya existentes a los medios, llamados, comerciales. Esas normativas han sido ampliamente criticadas por grupos empresariales que se acostumbraron a ampliar su poder en los medios de comunicación sin ningún tipo de control socio- comunitario ni estatal, y tuvieron una total impunidad para apoyar gobiernos de turno (militares; cívico- militares; civiles acusados de corrupción), como es el caso del grupo Clarín de Argentina. El pago para tanto silencio fue el otorgamiento de ondas de radio y televisión por parte de los gobiernos de turno. (2)
En el caso del grupo Clarín de Argentina, empresarios/as críticos/as con el actual gobierno argentino y con la ley de servicios de comunicación audiovisual (3) (llamada de los tres tercios, ya que otorga un tercio a los medios comerciales, otro tercio a los medios sin fines de lucro -comunitarios, socio-culturales y otro tercio al Estado), elaborada y apoyada por grupos sociales, intelectuales, sectores comunitarios, periodistas y políticos de centro- izquierda, ha reaccionado más airadamente contra esta ley que con las supuestas libertades que rigieron en Argentina durante la dictadura cívico- militar o durante el gobierno, acusado de corrupción, de Carlos Menem. Un caso aparte es el de su relación, tan confusa que llega hasta niveles familiares, con los detenidos desaparecidos durante el proceso cívico- militar, ya que la propietaria del grupo está acusada de adoptar dos niños hijos de detenidos- desaparecidos.
2. Una primera aproximación al Estado de excepción: Clarín y los desaparecidos
Ernestina Herrera de Noble, dueña del grupo Clarín, para las Abuelas de Plaza de Mayo adoptó dos hijos de detenidos desaparecidos, durante la dictadura cívico- militar de Argentina.
Así las cosas, en ese país, para conocer la identidad de los hijos de detenidos desaparecidos, las personas sospechosas de haber adoptado un/una niño/a en esas condiciones, debe de someterse y someterlos/as a exámenes de ADN. De no ser así por su propia voluntad, están obligados/as a hacerlo.
No obstante, la propietaria del grupo Clarín, fue burlando los exámenes de ADN para conocer la identidad de los hijos, adoptados en 1976.
Hay que tener presente que la poderosa empresaria argentina, quién ha sido crítica con el gobierno actual de Argentina, desde el grupo de medios de comunicación Clarín, no mantuvo la misma posición durante la dictadura cívico - militar que azotó a la Argentina durante los años 1976 y 1983.
Uno de los últimos intentos por conocer la identidad de los supuestos hijos de detenidos- desaparecidos fue en junio de 2010. Pero, paradójicamente, el día del examen, el Banco Nacional de Datos Genéticos de Argentina no pudo realizar la prueba genética para determinar si la dueña del grupo Clarín adoptó a dos hijos de desaparecidos en dictadura, informó en un comunicado Abuelas de Plaza de Mayo, debido a la falta de colaboración por parte de Herrera de Noble.
El Banco informó a la justicia que no había sido posible obtener el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera “por contaminación de las prendas” que fueron utilizadas para la prueba, según la organización de familiares.
“El estudio determinó que las prendas de vestir, que habían sido entregadas voluntariamente por Marcela y Felipe Noble Herrera en el allanamiento practicado el 28 de mayo pasado, no fueron aptas para obtener su perfil genético”, indica. “Por ello, no se pudo concretar el entrecruzamiento con las muestras de los familiares que buscan a sus seres queridos desaparecidos durante de la última dictadura militar”, agrega el informe.
La entidad precisó que “las prendas analizadas fueron medias, camisetas, camisas, pantalones y ropa interior femenina, ya que Felipe Noble Herrera no portaba calzoncillo al momento de la requisa”. Los peritos “informaron que, llamativamente, las prendas contenían información genética de numerosas personas de distintos sexos”, según la nota de prensa. Para las abuelas, los peritos deberán declarar ahora ante la justicia para explicar por qué razones “podrían aparecer tantos perfiles genéticos en prendas íntimas y de vestir, pues no parece posible que se trate de algo casual o accidental”, sostiene el comunicado.
La entidad abogó porque la jueza del controvertido caso, Sandra Arroyo Salgado, defina el curso a seguir para dilucidar si los jóvenes, adoptados en 1976, son hijos de desaparecidos nacidos durante el cautiverio de sus madres durante el régimen militar (1976/83).
Debido a que algunos jóvenes que se sospechan que fueron robados se negaron a la extracción de sangre para realizar la prueba genética -como el caso de los Noble Herrera- la justicia argentina admite realizar la prueba en cabellos, ropas íntimas o cepillos de dientes.
Abuelas de Plaza de Mayo ha restituido la identidad a un centenar de niños apropiados, sobre un total estimado de 500 casos. Sobre el tema, el diario Clarín y sus medios afines, no han dicho nada, ni una imagen, un sonido o una letra. Los rostros de Jano sobre la libertad de expresión…
3. Segunda aproximación al Estado de excepción: Chile, Piñera y Chilevisión
El actual presidente de Chile, Sebastián Piñera, saltándose todas las concepciones mundiales sobre el otorgamiento de ondas, y con el beneplácito de la Concertación de Partidos por la Democracia de centro izquierda, durante el gobierno de Ricardo Lagos Escobar, el 15 de abril de 2005, adquirió el canal de televisión Chilevisión. A partir de ahí, comenzó a diseñar su campaña presidencial que lo llevó a la presidencia de Chile en enero de 2010. Al canal de televisión se le sumó la propiedad mayoritaria de Colo-Colo, el equipo de fútbol más popular de Chile. Canales de televisión, compañías áreas, equipos de fútbol, lo llevaron a transformarse en el candidato presidencial-empresario, que mezclaba ambos roles sin aclarar en qué momento cumplía uno u otro.
La mezcla de programas sensacionalistas sobre la delincuencia (potenciando el discurso sobre la inseguridad), teleseries, culebrones, reality shows y de programas periodísticos, permitieron que el discurso y las imágenes de Chilevisión, por acción u omisión, fueran uno de los principales escenarios para potenciar la candidatura, y la posterior gestión, de Sebastián Piñera. La política en escena y la escena de la política.
Ya en la presidencia de la república, la “venta” del canal de televisión se ha transformado en uno de los temas políticos del país. Dos rostros de Jano: en el propio canal de televisión se discute sobre la “propiedad” del medio, aunque no se incorpora la opinión de que, por definición, la televisión, como los medios de comunicación de aire, son patrimonios públicos y, por lo tanto, no pueden enajenarse (venderse o comprarse) sino otorgarse los permisos de administración (económica y de contenidos de la onda), por un tiempo determinado y sujeto a evaluaciones. Mientras tanto, Piñera sigue siendo su “propietario” y se encuentra esperando su venta.
Uno de los últimos hechos ocurrió el 15 de julio de 2010. Ese día, el contralor de la República, Ramiro Mendoza determinó que Piñera no está “inhabilitado” para nombrar autoridades del canal estatal de televisión y a un miembro del Consejo Nacional de Televisión, un organismo autónomo del Estado que debe “velar por el correcto funcionamiento de los servicios de televisión”, según sus estatutos. “No sería ilegal el nombramiento (…) no hay una incompatibilidad”, dijo Mendoza. “Contraloría no advierte impedimento para que el Presidente de la República cumpla con la función de efectuar los señalados nombramientos y proposiciones, por cuanto la sola circunstancia de que el jefe de Estado, como persona natural, sea accionista en los términos antes indicados no lo inhabilita al efecto”, sentencia el dictamen. La Cámara de Diputados aprobó el 14 de julio de 2010, un proyecto de acuerdo -por 41 votos a favor y 40 en contra- para solicitar a Piñera que venda a la brevedad Chilevisión.
Durante el terremoto que se produjo en Chile el 27 de febrero de 2010 y sus posteriores réplicas, Chilevisión reprodujo el discurso y las imágenes sobre la inseguridad, fortaleciendo el toque de queda o estado de excepción (instalado por el gobierno de centro izquierda de Michelle Bachelet Jeria ante los pedidos de la centro derecha próxima a instalarse en el gobierno con Sebastián Piñera). Dos rostros de Jano sobre la libertad de expresión: el estado de excepción se transformó en la regla, en términos de Walter Benjamin. Sobre la represión que padeció la población de las zonas afectadas, Chilevisión no dijo nada.
En definitiva, se podría decir que el terremoto en Chile tuvo dos ritmos: uno fue el que le imprimió el sismo 8, 8º el 27 de febrero y sus consiguientes réplicas, el otro fue el que, desde la madrugada de ese día, se produjo en las pantallas televisivas con transmisiones las 24 horas, pero sin que ello implicara que fuera en vivo y en directo ya que las imágenes se reiteraban segundo tras segundo durante las 24 horas. En esta segunda rítmica, se radicalizó la idea de inseguridad, propia del discurso de la derecha que gobierna actualmente y de un sector de la concertación, de estigmatización de la pobreza (los ricos no lloran, parecía la máxima), de enfrentamiento entre las familias y de los grupos más marginalizados por el sistema cada día menos sistémico. A esto se le sumó, toque de queda, militarización de las zonas afectadas (4) y el discurso amnésico sobre un nuevo tipo de desaparecido, perdido bajo las aguas del maremoto. Nuevamente, intentan limpiar -como la blanca nieve de la cordillera y del iceberg del sur- (5) la historia de secuestros, terrorismo de estado y desapariciones.
Mientras tanto, el país vive a otro ritmo y la televisión sigue, parafraseando a Baudrillard, intentando demostrar que el terremoto no tuvo lugar, sino que se produjo en el no lugar de las pantallas y en el discurso sobre la inseguridad del Estado de excepción.
4. La ironía de la “libertad de expresión” como estado de excepción
Antoms
Es Giorgio Agamben (2004), quien coloca en tensión diversas categorías, entre ellas, la relación entre excepcionalidad y normalidad y entre experiencia y destrucción. Citando e invirtiendo la tesis 8 de Walter Benjamin sobre la filosofía de la historia, Agamben realiza un extenso análisis sobre los estados de excepción, aunque, a diferencia de Benjamin, estos estados no implican la liberación de los oprimidos sino el modelo de gobierno que determina de manera creciente e incontenible la política de los estados modernos en la mayor parte de sus dimensiones. De esa forma, “en casi todas las democracias occidentales” se manifiesta la tendencia, sin precedentes, de generalizar el “paradigma de la seguridad como técnica normal de gobierno” (Agamben, 2004: 27).
En América del sur el término más utilizado es “estado de sitio”, noción vinculada a las doctrinas italiana y francesa, mientras que “estado de excepción” es común en la doctrina alemana (Ausnahmezustand junto con Notstand, como estado de necesidad). Para Giorgio Agamben (2004: 14): “si las nociones de ‘estado de sitio' y de ‘ley marcial' expresan una conexión con el estado de guerra que ha sido históricamente decisiva y que aún está presente, resultan, sin embargo, inadecuadas para definir la estructura propia del fenómeno y tienen por ello necesidad de calificaciones ‘político' o ‘ficticio', también de alguna manera descaminadas”. En cambio, “el estado de excepción no es un derecho especial (como el derecho de guerra), pero en cuanto suspensión del orden jurídico mismo, define el umbral o el concepto- límite de éste” (6).
De esa forma, cada vez más, en Sudamérica diversos medios de comunicación (en una era postmediática), apelan al paradigma de la seguridad como técnica “normal” de convivencia socio- cultural. Con imágenes, sonidos y escrituras que, apelando a un nuevo tipo de archivo, muestran, hasta el cansancio, la desintegración social, paradójicamente, como la nueva forma de convivencia. Así las cosas, fortalecen el discurso sobre la seguridad como “técnica normal de gobierno”. Hay que tener presente, que las dos principales reformas que se han instalado en Sudamérica, son las de la educación y las de la seguridad. Parece que estar “seguros” (en salud, en delincuencia, en economía, en política…) es, paradójicamente, una de las claves de vida en la sociedad del riesgo.
El status necessitatis se presenta “tanto en la forma del estado de excepción como en la revolución, como una zona ambigua e incierta, donde procedimientos extra o antijurídicos en sí mismos, se convierten en derecho y donde las normas jurídicas se indeterminan en mero hecho; un umbral, pues, en que hecho y derecho parecen hacerse indecidibles” (Agamben, 2004: 46). Así, “si se ha dicho de forma convincente que, en el estado de excepción, el hecho se convierte en derecho (…) lo contrario, es verdad también: en aquel actúa un movimiento inverso, en virtud del cual el derecho se suspende y se anula en el hecho” (Agamben, 2004:46).
En ese contexto, cada vez más, a partir de las reformas procesales penales (por ejemplo, en Chile), hecho y derecho se confunden, ya que, en diversas circunstancias, los medios de comunicación “judicializan” (o mejor dicho, derechizan -de derecho y de derechas-) a los “afueras” no representativos: movimientos sociales, delincuentes pobres, otredades que no ingresan en el espacio representativo del adentro del discurso mediático y postmediático.
La radical postura de Agamben es ampliamente criticada por Marcelo Córdoba (2010), quien sostiene que el teórico italiano realiza un análisis que debilita el potencial crítico y genealógico de Foucault sobre la biopolítica y, que además, hace “de la mayor catástrofe del siglo XX el paradigma de la política occidental”, trivializando “el acontecimiento” y bloqueando “su significación normativa: la derrota del fascismo como ‘parteaguas histórico' del siglo XX”. Más allá de la crítica de Córdoba, considerar el estado de excepción como la nueva doctrina liberal (en este caso con referencia a la libertad de expresión) permite estimular el debate sobre la excepción como regla en tiempos de fluidez, rizomas y crisis.
Así las cosas, aparece -en esos archivos desestructurados- la figura del testimonio y todas sus ambigüedades. El archivo, en concreto, no es el conjunto de discursos del pasado, sino la emergencia enunciativa e imagónica, la relación entre lo dicho y no dicho, la superficie de discursos, imágenes y sonidos y los testimonios que, con toda su complejidad, aparecen y dan cuenta de esas tramas de discursos y no discursos (instituciones, imágenes, sonidos).
5. Deconstrucción de los archivos
Es Michel Foucault, uno de los que incorpora esta concepción del archivo. Michel Foucault (1996, primera edición 1970), se refiere al archivo en su propuesta arqueológica, conceptualizándolo desde la polémica noción de a priori histórico. Así las cosas, Foucault, comienza definiendo más que la condición de validez de una formación discursiva (conformada por enunciados), el papel de lo que él llama un a priori histórico. “Yuxtapuestos esos dos términos hacen un efecto un tanto detonante: entiendo designar con ello un a priori que sería no condición de validez para unos juicios, sino condición de realidad para unos enunciados” (Foucault, 1996: pp. 215- 216). Por lo tanto, “no se trata de descubrir lo que podría legitimar una aserción, sino de liberar las condiciones de emergencia de los enunciados, la ley de su coexistencia con otros, la forma específica de su modo de ser”, los principios según los cuáles subsisten, se transforman y desaparecen. No, un a priori de las verdades que no podrían ser jamás dichas, ni dadas a la experiencia, “sino de una historia que está dada, ya que es la de las cosas efectivamente dichas”.
Foucault utiliza este término tan polémico, porque “este a priori debe dar cuenta de los enunciados en su dispersión, en todas las grietas abiertas por su no coherencia, en su encaballamiento y su reemplazamiento recíproco, en su simultaneidad que no es unificable” y en su “sucesión que no es deducible”. En definitiva, “ha de dar cuenta del hecho de que el discurso no tiene únicamente un sentido o una verdad, sino una historia, y una historia específica que no lo lleva a depender de las leyes de un devenir ajeno”.
El a priori se caracteriza por un conjunto de prácticas discursivas y él mismo es un conjunto transformable. Foucault propone llamar archivo a esos sistemas de enunciados, que, por una parte, conforman acontecimientos, y, por la otra, cosas. Por archivo no entiende “la suma de todos los textos que una cultura ha guardado en su poder como documentos de su propio pasado”, o “como testimonio de su identidad mantenida”; no lo entiende tampoco por “las instituciones que, en una sociedad determinada, permiten registrar y conservar los discursos cuya memoria se quiere guardar y cuya libre disposición se quiere mantener” (Foucault, 1996: 219).
Más bien, es por el contrario, el sistema de la discursividad, las posibilidades y las imposibilidades enunciativas que éste dispone. “El archivo es en primer lugar la ley de lo que puede ser dicho, el sistema que rige la aparición de los enunciados como acontecimientos singulares”. El archivo “es el sistema general de la formación y de la transformación de los enunciados” (Foucault, 1996: 221). Su análisis, además, comporta una región privilegiada: a la vez próxima a nosotros, pero diferente de nuestra actualidad, es la orla del tiempo que rodea nuestro presente, que se cierne sobre él y que lo indica en su alteridad; es lo que, fuera de nosotros, nos delimita” (Foucault, 1996: 222).
En resumen, mientras la constitución del archivo, de acuerdo al planteamiento de Foucault (1996), deja al sujeto al margen, reducido a una función o posibilidad vacía, “la cuestión decisiva” en el testimonio, para Agamben, “es el puesto vacío del sujeto” (Agamben, 2003: 152).
El archivo, también, adquiere toda su densidad como paradójico “mal”, donde el “arkhé” guarda y desecha, “documentaliza” y descarta. Al respecto, Jacques Derrida (1997: s/p) se pregunta: “¿por qué reelaborar hoy día un concepto del archivo? ¿En una sola y misma configuración, a la vez técnica y política, ética y jurídica?” Entre los intentos de intervenir esa pregunta con deconstrucciones posibles, Derrida indica que habría que considerar que los desastres que marcan el fin de milenio y el inicio del siglo XXI, son archivos del mal: “disimulados o destruidos, prohibidos, desviados, ‘reprimidos'”.
Es decir, hay que considerar su tratamiento tanto masivo como refinado, así como sus manipulaciones privadas o secretas, porque “nunca se renuncia, es el inconsciente mismo, a apropiarse de un poder sobre el documento, sobre su posesión, su retención o su interpretación” (Derrida, 1997). A la primera pregunta se le suman otras: “¿mas a quién compete en última instancia la autoridad sobre la institución del archivo? ¿Cómo responder de las relaciones entre memorándum, el indicio, la prueba y el testimonio?”
En este último punto, Giorgio Agamben se plantea, también, esa relación de conflicto entre el archivo y el testimonio: “en oposición al archivo, que designa el sistema de las relaciones entre lo no dicho y lo dicho, llamamos testimonio al sistema de las relaciones entre el dentro y el fuera de la langue, entre lo decible y lo no decible en toda lengua; o sea, entre una potencia de decir y su existencia, entre una posibilidad y una imposibilidad de decir” (Agamben, 2003: pp. 151- 152).
Volviendo a Agamben (2003: 153) y a su intento de demarcarse de cierta fenomenología, hay que considerar que: “el testimonio es una potencia que adquiere realidad mediante una impotencia de decir, y una imposibilidad que cobra existencia a través de una posibilidad de hablar”. Estos dos “movimientos no pueden identificarse ni en un sujeto ni en una conciencia, ni separarse en dos sustancias incomunicables. El testimonio es esta intimidad indivisible”.
A modo de conclusiones
La noción de libertad de expresión, tan instalada en occidente y en su extensión sudamericana, tiene dos rostros como Jano. Esto implica que está atravesada por una paradójica situación, donde los que muchas veces dicen defenderla, no hacen más que defender una libertad de mercado que, contradictoriamente, no hace más que incrementar los oligopolios mediáticos.
Paralelamente, los medios -en lugar de ser patrimonio o archivos públicos- se enajenan (venden y compran) entre empresarios (o empresarios- presidentes, como en el caso de Chile) sin pasar por mecanismos de evaluación del Estado o del conjunto de la sociedad y de sus tejidos y tramas culturales. Esto implica que sus contenidos no dan cuenta de las diferencias socio- culturales, sino que están vinculados a la arbitrariedad de lo que deciden sus “propietarios” del momento (caso grupo Clarín con los niños hijos de detenidos-desaparecidos, supuestamente, adoptados por su “propietaria” durante la dictadura cívico- militar).
Es, en ese contexto, que la enarbolada por algunos medios en Sudamérica libertad de expresión, además, de vincularse a la libertad de mercado difunde permanentemente el “estado de excepción” como “paradigma normal de gobierno” y de convivencia. Las pantallas, sonidos y escrituras, son las nuevas formas semióticas de juzgar, transformando al derecho en hecho y viceversa. Los testimonios amplifican discursos que convierten a la verosimilitud en verdad y ésta, como el acontecimiento, deja de ser un tópico filosófico para transformarse, contradictoriamente, en una regularidad mediática.
Víctor Silva Echeto, académico uruguayo, docente de la Universidad de Playa Ancha (Valparaíso, Chile) e investigador del CONICYT- Chile.
Notas:
1) Soy consciente de que la noción de ideología presenta numerosas complejidades. Va desde el extremo de ponerla en cuestionamiento alojándola en la teoría de la representación en la época clásica (Foucault, 1986) pasando por la teoría reproduccionista (Althusser, 1994) hasta llegar a su reactualización (Žižek, 1994; Van Dijk, 1999 y Eagleton, 2007). No obstante, en este caso, sin entrar en detalles, me refiero a las relaciones discursivas y extra-discursivas entre ideología y poder.
2) En el caso de Uruguay es escandalosa la concentración de los medios de comunicación -fundamentalmente radio y televisión- en grupos económicos dependientes de familias criollas de empresarios: Romay, Salvo, Restano, Schek, Cardozo y De Feo. En Chile, actualmente, se produce la concentración de la “propiedad” de las radios por parte del grupo Prisa de España (Iberoamericana Radio Chile) y de la televisión en un presidente (Piñera) “propietario” de un canal de televisión (Chilevisión) y, por extensión, con posibilidades de control del canal “público” (televisión nacional de Chile). Tres grupos económicos concentran el 55 por ciento de la “propiedad” de las radios en este país.
3) Hay que aclarar, no obstante, que más allá de la disputa entre el gobierno y el grupo Clarín, asociaciones de medios comunitarios y alternativos, también han planteado reservas sobre el contenido de la ley.
4) Fundamentalmente, Concepción, justamente una de las zonas más enfrentadas del país, entre otros temas, por la causa mapuche.
5) Hago mención al iceberg que Chile trasladó en 1992 a su stand de la expo-Sevilla como un gran movimiento publicitario y de marketing, justamente en momentos que se transitaba entre la dictadura chilena y la postdictadura (o democracia tutelada). También, al blanqueamiento de La Moneda (palacio presidencial), borrándole todas las huellas de su destrucción durante el golpe de Estado que se produjo el 11 de septiembre de 1973, que instaló a Pinochet en el gobierno y provocó la muerte de Salvador Allende, presidente elegido democráticamente 3 años antes. Y los blancos trajes que portan los/las guardias que se encuentran instalados en la puerta de La Moneda.
6) “La historia del término 'estado de sitio ficticio o político' es instructiva” y permite aclarar porque se incorpora al sintagma, más general, de estado de excepción. “Procede de la doctrina francesa, en su referencia al decreto napoleónico de 24 de diciembre de 1811, que preveía la posibilidad de un estado de sitio, que el Emperador podía declarar, con independencia de cuál fuera la situación efectiva de una ciudad sitiada o directamente amenazada por las fuerzas enemigas”. El origen de la figura jurídica se remonta al decreto del 8 de julio de 1791 de la Asamblea Constituyente francesa, que distingue entre état de paix, en el que la autoridad militar y civil actúan cada una independiente de la otra en su propia esfera, état de guerre, en el que la autoridad civil actúa concertadamente con la autoridad militar, y état de siège, “en el que ‘todas las funciones de que está investida la autoridad civil para el mantenimiento del orden y de la policía interna pasan al comandante militar, que los ejercita bajo su responsabilidad exclusiva” (Agamben, 2004: 14). Esta última fue la situación que se vivió en la zona del terremoto de Chile desde el 28 de febrero de 2010. “Aunque por una parte (en el estado de sitio), el paradigma sea la extensión al ámbito civil de los poderes que competen a la autoridad militar en tiempo de guerra, y, por otra, una suspensión de la constitución (o de las normas constitucionales que protegen la libertad individual), los dos modelos acabarían por confluir con el tiempo en un único fenómeno jurídico, que llamamos estado de excepción” (Agamben, 2004: 15).
Referencias bibliográficas:
-Agamben, Giorgio (2004): Estado de excepción. Homo sacer II, 1. Valencia, Pre- textos.
-Althusser, Louis (1994): “Ideología y aparatos ideológicos del Estado” en Ideología. Un mapa de la cuestión. México D.F., Fondo de Cultura Económica.
-Córdoba, Marcelo (2010): “Agamben, Negri y la biopolítica hipostasiada” en F@ro, revista teórica de la Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de Playa Ancha, Chile, http://web.upla.cl/revistafaro
-Derrida, Jacques (1997): Mal de archivo. Una impresión freudiana. Madrid, Trotta.
-Eagleton, Terry (2007): Una introducción a la teoría literaria. México D.F, Fondo de Cultura Económica.
-Foucault, Michel (1986): Las palabras y las cosas. Una arqueología de las ciencias humanas. México D.F., Siglo XXI.
(1992): Microfísica del poder. Madrid, La piqueta.
(1996): La arqueología del saber. México, siglo XXI.
-Žižek, Slavoj (ed.). (1994): Ideología. Un mapa de la cuestión. México D.F., Fondo de Cultura Económica.
-Van Dijk, Teum (1999): Ideología. Una aproximación multidisciplinaria. Barcelona, Gedisa.
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