viernes, 22 de julio de 2022

Polémica por requisitos para postularse a la Corte Suprema de Justicia

Radioprogresohn.net

En una sesión inusual, desarrollada durante el fin de semana, el Congreso Nacional inició con la discusión y aprobación de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados y Magistradas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La nueva normativa, enviada desde la Secretaría de Transparencia y asesorada por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH), contiene 28 artículos que establecen los principios para la integración de la Junta Nominadora, los requisitos para la autopostulación como magistrado y magistrada, los criterios y estándares de evaluación técnica de los aspirantes, además, los mecanismos de publicidad de todo el proceso.

Hasta la tarde del sábado, 16 de julio, el pleno del Congreso Nacional aprobó 14 artículos y dejó la discusión abierta el número 15, el cual enumera los requisitos mínimos e inhabilidades para autopostularse ante la Junta Nominadora como candidato a integrar una de las 15 magistraturas del Poder Judicial.

El proyecto de ley indica que una prohibición para aspirar a ser magistrado de la CSJ es ser miembro activo de un partido político, ni haberlo sido en los dos años anteriores a su autopostulación.

En ese sentido, el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, sugirió eliminar el inciso B del artículo 15, porque “violenta garantías constitucionales” y señaló que un “miembro activo de un partido no necesariamente es autoridad o una persona que ejerza un cargo público”.

La sugerencia fue aceptada y la Comisión Legislativa y de Asuntos Constitucionales eliminó el inciso. De acuerdo al diputado Ramón Enrique Barrios, presidente de la Comisión, la prohibición es violatoria del derecho de elegir y ser electos: “todos tenemos ideologías y nuestras afinidades, yo no creo en los purismos constitucionalistas”.

Sin embargo, para la diputada Beatriz Valle, permitir que miembros activos de partidos políticos postulen a magistrados de la Corte Suprema de Justicia estaría generando conflictos de interés. “No estoy de acuerdo”, acotó Valle, durante el debate.

A criterio del abogado y doctor en derechos humanos, Joaquín Mejía, impedir la participación de abogados y abogadas con afiliación política partidaria, por sospechar que no podrán ser independientes en el cargo de magistrado, vulnera el principio de no discriminación.

“Para discriminar de esta forma debe de haber razones de peso, pero son entendibles las críticas de la ciudadanía en el sentido que la gente ve con sospecha a aquellas personas que forman parte de los partidos políticos porque son los responsables de que no tengamos instituciones del sistema de justicia independientes”, puntualizó Mejía, recordando que el proceso de elección de la Corte Suprema de Justicia se ha visto como una repartición de cargos.

La polémica por los requisitos para aspirar a las magistraturas se volcó a las cuentas oficiales de analistas y del propio secretario de transparencia y lucha contra la corrupción, Edmundo Orellana Mercado.

“Debemos insistir en que los dirigentes de los partidos sean excluidos”, comentó Orellana Mercado, en respuesta a los comentarios que cuestionan la eliminación de la prohibición en discusión.

Por su parte, la socióloga y analista, Leticia Salomón, manifestó que el gran desafío que plantea la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia “es que los políticos de siempre, tradicionales o no, corruptos o no, narcotraficantes o no, saquen sus manos de la CSJ para garantizar justicia para todos”.

Al debate se agrega la moción de modificar otra de las inhabilidades, y es no haber sido condenado por delitos dolosos, por violencia doméstica o por incumplimiento de deudas alimentarias.

Según el presidente del Legislativo, Luis Redondo, los aspirantes que estén enfrentando juicios por los delitos en mención y no tengan una sentencia condenatoria tienen el derecho a participar, puesto que de lo contrario se les violentaría el derecho de presunción de inocencia.

En apoyo a Redondo, el diputado Ramón Barrios declaró que “el estado de inocencia está en la Constitución de la República, cuando usted entra a un juicio producto de una denuncia o un requerimiento fiscal usted es inocente mientras no se demuestre lo contario”.

La postura de los congresistas también fue cuestionada por el secretario de transparencia, quien en su cuenta de Twitter lanzó la pregunta: “si un abogado acusado de un delito se postula y, en aplicación de la presunción de inocencia, es electo como Magistrado de la CSJ, ¿cree Ud. que no tratará de ejercer su influencia sobre el juez que conoce el caso?”.

En la mesa de discusión legislativa, que continuará este lunes -18 de julio-, se agrega una nueva propuesta para la modificación del artículo 15, en la que la diputada Beatriz Valle plantea que los profesionales del derecho que hayan sido parte del gobierno central e instituciones descentralizadas en los últimos cinco años no participen como aspirantes a integrar la Corte Suprema de Justicia.

Frente al escenario de aprobación de la nueva Ley de Junta Nominadora, el Congreso Nacional se enfrenta al reto histórico de brindar las herramientas jurídicas necesarias para transparentar los procesos de selección de autoridades del Poder Judicial, puesto que, de acuerdo al Sondeo de Opinión Pública 2022 del ERIC, el 73.3% de la ciudadanía hondureña desconfianza de la Corte Suprema de Justicia.


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